Ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción en mercados de terceros países.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03137/17

Norma:

Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre. ORDEN 1/2017, de 13 de enero. Resolución de 20 de enero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de febrero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer determinados aspectos del procedimiento de concesión en la Comunitat Valenciana de las ayudas previstas en el capítulo II, Sección 1.ª, «Promoción en mercados de terceros países» del Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de ayuda por persona beneficiaria no podrá superar el 5 % del presupuesto total destinado a la medida en la ficha financiera del programa de apoyo para el ejercicio correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas vinícolas.

b) Las Organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en los artículos 152,156 y 157 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, reconocidas por el
Estado Miembro y que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización de vino.

c) Los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Las asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Las cooperativas de segundo o ulterior grado que comercialicen vino elaborado por sus bodegas cooperativas asociadas.

g) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de vinos españoles en mercados en terceros países.

Documentos asociados

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