Ayudas al sector pesquero en los ambitos de paralizacion temporal de actividades pesqueras para algunas modalidades de pesca y de determinadas compensaciones socioeconomicas para la gestion de la flota pesquera, de acuerdo con el Fondo Europeo de la Pesca, y se convocan las correspondientes al año 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S41964/10

Norma:

ORDEN AAR/363/2010, de 22 de junio. AAR/595/2010, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayuda para la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de las modalidades de arrastre, cerco y palangre de superficie con puerto base en Cataluña.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo subvencionable es el que se detalla en el baremo siguiente, en función del tonelaje bruto de la embarcación (GT):
Baremo
Número de GT: 0 < 25. Importe máximo por barco y día (euros): 5,16 x GT + 36, con un importe mínimo
de 100 euros diarios.

Número de GT: 25 < 50. Importe máximo por barco y día (euros): 3,84 x GT + 66.

Número de GT: 50 < 100. Importe máximo por barco y día (euros): 3,00 x GT + 108.

Número de GT: 100 < 250. Importe máximo por barco y día (euros): 2,40 x GT + 168.

Número de GT: 250 < 500. Importe máximo por barco y día (euros): 1,80 x GT + 318.

Número de GT: 500 < 1.500. Importe máximo por barco y día (euros): 1,32 x GT + 558.

Número de GT: 1.500 < 2.500. Importe máximo por barco y día (euros): 1,08 x GT + 918.

Número de GT: 2.500 y más. Importe máximo por barco y día (euros): 0,80 x GT + 1.608.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de barcos pesqueros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El cese de la actividad de pesca del barco durante el periodo de tiempo fijado en el Plan de paralización temporal correspondiente aprobado para la Dirección General de Pesca y Acción Marítima (DGPAM).

Requisitos:

a) Que sean barcos de la lista tercera y que estén dados de alta en el censo de la flota pesquera operativa.

b) Que tengan fijada la base en un puerto de Cataluña.

c) Que estén incluidos dentro de alguno de los planes de paralización temporal establecidos en las siguientes resoluciones al amparo del Plan integral de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo:

Resolución de la DGPAM de 16 de abril de 2009, por la que se aprueba el Plan de paralización temporal de la flota de arrastre de diversos puertos de Tarragona para el año 2009.

Resolución de la DGPAM de 29 de septiembre de 2009, por la cual se aprueba el Plan de paralización temporal de la flota de Palangre de superficie de diversos puertos de Cataluña.

Resolución de la DGPAM de 28 de octubre de 2009, por la que se aprueba el Plan de paralización temporal de la flota de rodeo de diversos puertos de Cataluña.

Resolución de la DGPAM de 27 de enero de 2010, de aprobación del Plan de paralización de la flota de arrastre de diversos puertos de Barcelona, Girona y Tarragona para el año 2010.

Resolución de la DGPAM de 16 de febrero de 2010, de aprobación del Plan de paralización de la flota de marisqueo de almejón de diversos puertos de Barcelona para el año 2010.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5660
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 23/12/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5781
Documento: Modificación Descargar Documento