Ayudas al sector apicola por polinizacion.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S46328/11

Norma:

ORDEN AAM/263/2011, de 5 de octubre. ORDEN AAM/203/2012, de 27 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer el incremento de la polinización que hacen las abejas mediante el mantenimiento del número de colmenas durante un periodo mínimo de tres meses.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe de la ayuda no puede ser superior a 8,50 euros por colmena, en
el caso de personas apicultoras profesionales, y de hasta un máximo de 1,50 euros por colmena, en el caso de personas apicultoras no profesionales.

- El número de colmenas subvencionables será igual o superior a 50, con un
máximo de 750 por explotación. En caso que el/la titular de la explotación sea una persona jurídica, el número máximo de colmenas subvencionables es de 750 para cada una de las personas socias beneficiarias que acrediten la condición de persona apicultora profesional.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes, personas apicultoras, profesionales o no, que sean titulares de una explotación apícola situada dentro del ámbito territorial de Cataluña, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellas que favorezcan el incremento de la polinización que hacen las abejas mediante el mantenimiento del número de colmenas.

Requisitos:

a) Llevar actualizado el Libro de explotación ganadera.

b) Tener inscrita la explotación en el Registro de explotaciones ganaderas con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria correspondiente, con un número de colmenas igual o superior a cincuenta.

c) Tener identificadas individualmente todas las colmenas de la explotación con el número de registro otorgado a la explotación, y tener el colmenar identificado de acuerdo con la normativa vigente.

d) Si quien solicita la ayuda es una persona física, estar empadronado en un
municipio de Cataluña.

e) Si quien solicita la ayuda es una persona jurídica, tener el domicilio social en Cataluña.

f) Si quien solicita la ayuda es una comunidad de bienes, sus integrantes deben estar empadronados en Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5984
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 06/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
Documento: Modificación Bases y Convocatoria 2012 Descargar Documento