Ayudas al sector apícola en concepto de subvención por polinización, se convocan las correspondientes al año 2008.

Código de ayuda:

S60100/08

Norma:

ORDEN AAR/401/2008, de 28 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al sector apícola en concepto de subvención por polinización, que se publican en el Anexo de esta Orden, así como convocar las correspondientes al año 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consiste en una subvención de hasta un máximo de 8,50 euros por colmena, en el caso de personas apicultoras profesionales, y de hasta un máximo de 1,50 euros por colmena, en el caso de personas apicultoras no profesionales.

El número máximo de colmenas subvencionables es el que figura inscrito en el Registro de explotaciones apícolas o en el Libro de explotación ganadera actualizado, con anterioridad al día 1 de enero de 2008.

El número de colmenas subvencionables será igual o superior a 50, con un máximo de 750 por explotación. En caso de que el titular de la explotación sea una persona jurídica, el número máximo de colmenas subvencionables es de 750 para cada una de las personas socias beneficiarias que acrediten la condición de persona apicultora profesional.

La determinación de la cuantía de la ayuda se realizará de acuerdo con el número de solicitudes y la disponibilidad presupuestaria.

El presupuesto destinado a estas ayudas y la aplicación presupuestaria a la que debe imputarse son los que se determinan en la convocatoria.

Estas ayudas se someten al Reglamento CE 1535/2007, de la Comisión, de 20 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis en el sector de la producción de productos agrícolas, según el cual el total de ayudas de minimis concedidas a una entidad no podrá exceder de 7.500,00 euros brutos durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, personas apicultoras profesionales o no, que sean titulares de una explotación apícola situada dentro del ámbito territorial de Cataluña, y que cumplan los requisitos siguientes:

- Llevar actualizado el Libro de explotación ganadera;
- Tener inscrita la explotación en el Registro de explotaciones apícolas con anterioridad al 1 de enero de 2008, con un número de colmenas igual o superior a cincuenta;
- Tener identificadas individualmente todas las colmenas de la explotación con el número de registro otorgado a la explotación, y tener el colmenar identificado de acuerdo con la normativa vigente; si quien solicita la ayuda es una persona física, estar empadronado en un municipio de Cataluña; si quien solicita la ayuda es una persona jurídica, tener el domicilio social en Cataluña.

A los efectos de esta Orden, se entiende por persona apicultora profesional la que acredite su condición de agricultora profesional, de acuerdo con lo que establece la normativa aplicable en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establece una línea de ayudas con la finalidad de subvencionar a las personas apicultoras que hayan mantenido las colmenas objeto de ayuda durante un período mínimo de tres meses anteriores a la solicitud y un mínimo de un mes contado desde el día siguiente de la solicitud, con el fin de promover la acción beneficiosa que las abejas ejercen, mediante la polinización, en el mantenimiento, la conservación y el equilibrio de los ecosistemas y del entorno natural.

Documentos asociados

Boletín: 10/09/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5213
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento