Ayudas al sector apícola de Castilla-La Mancha en el año 2010.

Código de ayuda:

S58291/07

Norma:

Resolucion de 24-07-2007. Resolución de 27-07-2006. Orden de 27-07-2006. Orden de 08-05-2008. Resolucion de 28/05/2009. Resolucion de 10/06/2009. Resolucion de 19/02/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas al sector apícola de Castilla-La Mancha, con el fin de fomentar el mantenimiento de esta actividad, y las respectivas convocatorias anuales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Apicultores a Título Principal, Agricultores a Título Principal o Agricultor Joven incorporado a la actividad agraria dentro de los dos años naturales anteriores al de presentación de la solicitud; y ser titular de una explotación apícola de al menos 50 colmenas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Sólo será subvencionable el número de colmenas que exista a la fecha de la solicitud en la explotación y que estuviera registrado en el Libro Registro de la Explotación a 31 de diciembre de la campaña anterior.
- El beneficiario de la subvención deberá mantener el número de colmenas objeto de la ayuda desde el momento de presentación de la solicitud y hasta el 31 de diciembre del año en que se haya presentado.

Requisitos:

- Estar afiliado a la Seguridad Social en el Régimen Especial Agrario o en el de Trabajadores Autónomos o por cuenta propia por actividad agraria. No será exigible a los jóvenes agricultores en primera instalación
- Estar empadronado en una localidad castellano-manchega, con al menos tres años de antigüedad a la fecha de solicitud. No será necesario acreditar antigüedad en el caso de incorporación como agricultor jóven.
- Tener inscrita la explotación en el Registro de Explotaciones Apícolas, poseer Libro Registro de la Explotación actualizado y cumplir los programas sanitarios obligatorios, establecidos en el D. 20/2004, de 24 de febrero.
- Cumplir los requisitos de identificación de las colmenas exigidos en la legislación vigente.
- En caso de Joven Agricultor en Primera Instalación la incorporación efectiva debe haberse producido en los dos años naturales anteriores al de la presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 17/08/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/08/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 168
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 07/08/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 164
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 15/05/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 58
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 10/06/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 111
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 10/06/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 111
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/06/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 114
Documento: Ampliación de Plazo Descargar Documento
Boletín: 26/02/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento