Ayudas al sector apícola - Modificaciones.
Código de ayuda:
S28991/06Norma:
Orden de 27-07-2006. Resolución de 27-07-2006. Orden de 08-05-2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las ayudas al sector apícola de Castilla-La Mancha, con el fin de fomentar el mantenimiento de esta actividad.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda se calculará aplicando los siguientes importes:a) Hasta 10,82 euros por colmena al Apicultor a Título Principal, con un límite máximo de 4.628 eu. por beneficiario.
b) Hasta 7,72 eu/colmena al Agricultor a Título Principal, con un límite máximo de 3.095 eu. por beneficiario.
c) Hasta 0,78 eu/colmena y mes transcurrido desde su fecha de alta en el registro apícola, al Agricultor Joven incorporado a la actividad agraria dentro de los dos años naturales anteriores al de presentación de la solicitud, con un límite máximo de 12 meses y 3.877 eu. por beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Apicultores a Título Principal, Agricultores a Título Principal o Agricultor Joven incorporado a la actividad agraria dentro de los dos años naturales anteriores al de presentación de la solicitud; y ser titular de una explotación apícola de al menos 50 colmenas.Requisitos:
- Estar afiliado a la Seguridad Social en el Régimen Especial Agrario o en el de Trabajadores Autónomos o por cuenta propia por actividad agraria. No será exigible a los jóvenes agricultores en primera instalación- Estar empadronado en una localidad castellano-manchega, con al menos tres años de antigüedad a la fecha de solicitud. No será necesario acreditar antigüedad en el caso de incorporación como agricultor jóven.
- Tener inscrita la explotación en el Registro de Explotaciones Apícolas, poseer Libro Registro de la Explotación actualizado y cumplir los programas sanitarios obligatorios, establecidos en el D. 20/2004, de 24 de febrero.
- Cumplir los requisitos de identificación de las colmenas exigidos en la legislación vigente.
- En caso de Joven Agricultor en Primera Instalación la incorporación efectiva debe haberse producido en los dos años naturales anteriores al de la presentación de la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
17/08/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/08/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 168
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
15/05/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 58
Documento: Modificación Descargar Documento
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