Ayudas al sector acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S47873/16

Norma:

ORDEN de 23 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de enero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar, para 2016, algunas de las ayudas al sector acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco, previstas en el Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El pago de los proyectos e inversiones concedidos conforme a lo dispuesto en la presente Orden se efectuará de la forma que se contenga en cada modalidad de ayuda. Sin embargo, en aquellas ayudas que superen los 100.000 euros de subvención, se podrá realizar un anticipo del 50% de la misma, previa solicitud de la persona beneficiaria en la que justifique su necesidad para poder llevar a cabo las actuaciones subvencionadas y previa presentación de aval, que deberá cubrir el nominal del anticipo entregado más los intereses del mismo por plazo ni superior a un año y hasta un quince por ciento del nominal para costas y gastos de eventual reclamación judicial o extrajudicial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas convocadas en la presente Orden, en función de la modalidad de ayuda, las personas físicas y jurídicas, las empresas acuícolas existentes o nuevas empresas, las organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores acuícolas, los organismos científicos o técnicos públicos o privados reconocidos, que contraten, financien o realicen las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

Documentos asociados

Boletín: 14/12/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 236
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento