Ayudas al profesorado y al personal laboral de los centros educativos del Departamento de Educacion que realiza funciones de atencion a los alumnos y que ha participado en actividades educativas con los alumnos realizadas fuera de los centros durante el curso escolar 2007-2008.

Código de ayuda:

S29264/09

Norma:

RESOLUCION EDU/936/2009, de 6 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de estas bases la regulación del contenido, procedimiento y concesión de las ayudas al profesorado y al personal laboral de los centros educativos públicos del Departamento de Educación que realiza funciones de atención a los alumnos y que ha participado en actividades educativas con los alumnos realizadas fuera de los centros durante el curso escolar 2007-2008.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Educación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe unitario de la ayuda, que no será superior a 35 euros, se obtendrá distribuyendo el presupuesto máximo fijado en el apartado 3 de esta Resolución entre la cantidad total de ayudas acreditadas correctamente.

Se computará una ayuda por cada una de las noches de pernoctación y una ayuda por cada día no lectivo (sábado, domingo o festivo) por la participación en actividades acreditadas conforme a las bases de la convocatoria. El importe individual asignado será el resultante de multiplicar el número de ayudas otorgadas por su importe unitario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas ayudas el profesorado y el personal laboral de los centros educativos públicos del Departamento de Educación que realiza funciones de atención a los alumnos y que haya participado en actividades educativas en los términos establecidos en la base 2 de esta Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Requisitos de las actividades

Las actividades deben cumplir los siguientes requisitos:

Llevarse a cabo fuera del centro, con pernoctación fuera del domicilio, o bien haberse realizado en días no lectivos (sábado, domingo o festivo).

Haberse previsto en la programación general del centro, aprobadas previamente por el consejo escolar, y destinadas a completar materias curriculares del alumnado

Haber sido realizadas en el periodo comprendido entre el inicio de las clases, el 12 de septiembre de 2007, y su finalización, el 19 de junio de 2008, de conformidad con lo que dispone la Orden EDU/117/2007, de 25 de abril, por la que se establece el calendario escolar del curso 2007-2008 para los centros educativos no universitarios (DOGC núm. 4985, de 10.10.2007).

También podrán otorgarse las ayudas para aquellas actividades realizadas fuera del calendario ordinario de clases que se hayan efectuado entre el 1 de septiembre de 2007 y el 31 de agosto de 2008, en el marco de programas educativos específicos convocados por el Departamento de Educación u otras administraciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5358
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento