Ayudas al profesorado de Centros Docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para la realización de actividades de formación.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S41046/16

Norma:

Orden ECD/46/2016, de 24 de mayo. Orden ECD/107/2016 de 29 de agosto. Orden ECD/116/2016, de 13 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas económicas individuales para la realización, por parte del profesorado, de actividades de formación permanente, realizadas entre el 1 de septiembre de 2015 y el 31 de agosto de 2016 (curso 2015-2016). En el caso de estudios universitarios, el plazo se extenderá hasta el 30 de septiembre, con el objeto de cubrir las pruebas académicas derivadas de la matrícula realizada en dichos estudios.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía total máxima de esta convocatoria asciende a 75.000 euros, de los cuales 65.000 euros se destinaran a las ayudas para las actividades de formación permanente de profesorado relacionadas con la capacitación lingüítica y 10.000 euros para el resto de actividades de formación.

2. La cuantía individual no superará 1.500 euros para estancias formativas en el extranjero y 1.300 euros para las actividades formativas realizadas en España.

3. La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los profesores que se encuentren prestando servicios en la Comunidad Autónoma de Cantabria, como funcionarios de carrera o funcionarios en prácticas de cualquiera de los cuerpos que integran la función pública docente.2. No podrán tener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes incursos en alguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 104
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 07/09/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 173
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 21/10/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/10/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 203
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento