Ayudas al patrimonio bibliografico, para la creacion y transformacion de recursos digitales y su difusion y preservacion mediante repositorios.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S26237/13

Norma:

Resolución de 26 de junio de 2013. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Resolución de 9 de mayo de 2014. Resolución de 4 de mayo de 2015. Resolución de 31 de marzo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de mayo de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a proyectos de digitalización de bienes que formen parte del Patrimonio Bibliográfico, conforme a lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 16/ 1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, o que gocen de un especial interés bibliográfico. Estos bienes han de estar en el dominio público o, en su caso,
las entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de explotación necesarios sobre los mismos, de acuerdo con el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

La finalidad perseguida es la creación de recursos digitales mediante la digitalización, así como la asignación de datos y metadatos que codifiquen sus descripciones y permitan su carga en un repositorio OAI-PMH, y su posterior agregación en el recolector «Hispana» del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en «Europeana».

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada entidad solicitante sólo podrá presentar una solicitud y la cuantía de la ayuda solicitada deberá ser inferior a 60.000 euros. El solicitante deberá aportar como financiación propia como mínimo el 15% del coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las comunidades autónomas y los organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así como las universidades públicas.

b) Las entidades locales y los organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas.

c) Las entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y las reales academias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La finalidad perseguida es la creación de recursos digitales mediante la digitalización de materiales publicados con anterioridad a 1900 que formen parte del patrimonio bibliográfico, así como la asignación de los datos y metadatos que codifiquen sus descripciones y permitan su agregación en el recolector Hispana del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así como su recolección por Europeana.

Para el cumplimiento de esta finalidad, las ayudas tendrán por objeto la financiación de:

a) Contratación de personal específico para la realización del proyecto objeto de subvención.

En ningún caso se admitirá como gasto subvencionable la remuneración del personal fijo que tenga la entidad.

b) Contratación de servicios externos para la realización del proyecto objeto de subvención.

Requisitos:

a) Cumplir los requisitos y no encontrarse incurso en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, ni ser deudor por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

La justificación de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario se realizará en la forma establecida en el artículo 13.7 de la Ley General de
Subvenciones, y en la sección 3.ª del Capítulo III del Titulo Preliminar del Reglamento de
la Ley General de Subvenciones. Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades sin fines de lucro no pertenecientes al sector público de nacionalidad española deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.

b) Las entidades que soliciten la ayuda deberán ser responsables de un proyecto de digitalización en marcha que deberá tener ya implementado un repositorio OAI-PMH en la
fecha en la que se solicite la ayuda. La URL base de dicho repositorio se proporcionará en la memoria que se presente para solicitar las ayudas que se convocan en esta Resolución. Asimismo, deberá figurar como proveedor de contenidos en Europeana, tal como se recoge en la página disponible en www.europeana.eu/portal/europeanaproviders.html, a la fecha de publicación de esta convocatoria y ser recolectado por Hispana. Quedarán excluidos los proyectos que no formen parte de Hispana y Europeana en la fecha en la que se solicite la ayuda.

c) El material bibliográfico que sirva de base a los recursos digitales, tanto en el caso de creación como en el de transformación de recursos existentes, deberá estar en el dominio público o poseer las entidades solicitantes de las ayudas los derechos de explotación necesarios que les permitan desarrollar las actuaciones descritas en el apartado primero de esta Resolución. Los solicitantes deben presentar una relación de las obras a digitalizar como requisito imprescindible para ser evaluados por la comisión.

d) Ajustarse a la normativa técnica especificada en el apartado primero de esta Resolución.

e) El acceso a los recursos digitales creados o transformados con la ayuda concedida deberá ser libre, gratuito, al recurso completo y a través de la web.

f) Aportar como financiación propia al menos el 15% del coste del proyecto declarado en la memoria.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 162
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/05/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 132
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/05/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 116
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/04/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 87
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento