Ayudas al impulso a la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana de 2024 para el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S13391/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2026. RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Desde el 11 de mayo de 2026 , hasta el 15 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para impulsar la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana 24 y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) para reactivar su presencia en mercados internacionales y mejorar su competitividad exterior.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Industria, Comercio e Innovación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Como máximo, el 20 % de los créditos iniciales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Agrupaciones de interés económico.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Participación en certámenes feriales internacionales.

b) Gastos de alojamiento y desplazamiento para la asistencia a las ferias internacionales, así como a showrooms, congresos o similares, misiones comerciales organizadas por organismos públicos, entidades público-privadas o asociaciones empresariales, tanto en España como en el extranjero, siempre que tengan carácter internacional y profesional.

c) Acciones de marketing internacional.

d) Servicios profesionales relacionados con el proceso de registro y vigilancia de marca u otros servicios de propiedad industrial fuera de España.

e) Servicios profesionales relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos y servicios.

f) Gastos por nueva contratación de personal cualificado, contratado para ejecutar el plan de promoción
internacional de la empresa.

g) Gastos de capacitación del personal de la empresa en nuevas competencias digitales para la internacionalización o programas de formación en comercio internacional.

h) Gastos por servicios para la constitución de consorcios internacionales y redes empresariales.

i) Gastos por la contratación de personal y/o asesores especializados en las distintas áreas de la actividad internacional que ayuden a la empresa a mejorar su posición competitiva internacional.

j) Establecimiento de oficinas de representación o filiales en el exterior siempre que no supongan la creación de redes de distribución.

k) Derivado de conflictos internacionales, gastos no corrientes e imprevisibles, asumidos por la empresa
valenciana, tales como gastos extras de ocupaciones y estadía en los puertos; gastos por cancelaciones de despacho; gastos de movimiento de contenedores y remoción en las terminales; otros gastos no corrientes e imprevisibles similares a los anteriores.

l) Cualquier otra iniciativa relacionada con actividades que permitan la consolidación y el crecimiento
internacional de la empresa, sin que en ningún caso estas consistan en el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero o en otros gastos corrientes vinculados a una actividad exportadora.

Requisitos:

a) Las ayudas concedidas a las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura;

b) Las ayudas concedidas a las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos adquiridos o comercializados;

c) Las ayudas concedidas a las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas;

d) Las ayudas concedidas a las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, en uno de los supuestos siguientes:
– Cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de dichos productos
adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas,
– Cuando la ayuda se supedite a su repercusión, total o parcial, a los productores primarios;

e) Las ayudas concedidas a actividades relacionadas con la exportación a terceros países o a estados miembros, en concreto las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes relacionados con la actividad exportadora;

f) Las ayudas condicionadas a la utilización de productos y servicios nacionales frente a los productos y servicios importados.

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