Ayudas al fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el marco del Programa Nacional de medidas de ayuda a la Apicultura.

Código de ayuda:

S43400/18

Norma:

RESOLUCIÓN 906/2018, de 26 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de agosto de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente resolución establecer en la Comunidad Foral de Navarra las bases reguladoras para la concesión de ayudas al fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el marco del Programa Nacional de medidas de ayuda a la apicultura, para el año 2018.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda a percibir por cada beneficiario será la resultante de aglutinar las percibidas por cada línea de actuación subvencionada.

Las intensidades de ayuda establecidas para cada línea son las siguientes:

–El 95% del gasto solicitado para las actividades de “asistencia técnica a los apicultores y organizaciones de apicultores”.

–El 90% del gasto solicitado para la “lucha contra las agresiones y las enfermedades de la colmena”.

–El 55% del gasto solicitado para la “racionalización de la trashumancia”.

–El 55% del gasto solicitado para las “medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y valorizar sus productos”.

–El 55% del gasto solicitado para las “medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola española”.

–El 55% del gasto solicitado para la “mejora de la calidad de los productos con objeto de explotar el potencial de los mismos en el mercado”.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas individuales que estén inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Foral, antes del 1 de enero del año de la presentación de la solicitud de ayuda y dispongan, igualmente, del correspondiente seguro de responsabilidad civil.

2. Asimismo, podrán ser beneficiarias las cooperativas apícolas y las organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores que cumplan los requisitos establecidos en el punto anterior. En cualquier caso, las ayudas sólo alcanzarán a los socios que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Foral, antes del 1 de enero del año de la presentación de la solicitud de ayuda y dispongan, igualmente, del correspondiente seguro de responsabilidad civil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de ayudas, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, las actividades o inversiones englobadas en las siguientes líneas de ayuda y destinadas a:

Línea A) “Asistencia técnica a los apicultores y organizaciones de apicultores”.

1. Contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores en la sanidad apícola, lucha contra agresores de la colmena y a nivel de laboratorio, así como el asesoramiento global en la producción.

2. Organización, celebración y asistencia a cursos de formación de apicultores, formación continuada de los técnicos y especialistas de las agrupaciones y asociaciones de apicultores y de personal de laboratorios apícolas de cooperativas, incluyendo los desplazamientos.

3. Sistemas de divulgación técnica.

Línea B) “Lucha contra las agresiones y las enfermedades de la colmena”.

1. Tratamientos quimioterápicos contra varroosis, autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

2. Tratamientos contra varroosis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, compatibles con la apicultura ecológica.

3. Promoción y creación de Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS) apícolas, o figura equivalente para la lucha contra la varroosis, por ejemplo, cooperativas o cooperativas de segundo grado.

4. Sobrealimentación de las colmenas y renovación de cera. Esta ayuda sólo podrá concederse a aquellos apicultores beneficiarios de las medidas 1 y/ó 2 de la línea B), y siempre que se cubran las necesidades
financieras para asistir las solicitudes de las mencionadas medidas 1 y 2.

5. Adquisición de trampas y atrayentes para captura de Vespa velutina, así como para otras especies exóticas invasoras.

6. En caso de existir un protocolo o protocolos oficiales autorizado/s por la autoridad competente, aplicación de medidas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco a las colmenas.

Línea C) “Racionalización de la trashumancia”.

1. Adquisición, conservación y mejora de los medios de transporte.

Material para el manejo de colmenas: grúas, mallas de cobertura, cambio de colmenas para obtener mieles monoflorales, sistemas móviles de extracción de miel y otros útiles y equipo necesario para facilitar la
trashumancia.

2. Sistemas de protección o vigilancia antirrobo o de geolocalización integrados en los cuadros de las colmenas.

3. Mejora y acondicionamiento de asentamientos, caminos y sendas.

4. Cuota del seguro de responsabilidad civil de las colmenas.

5. Adquisición de materiales para la identificación de colmenas.

Línea D) “Medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y valorizar sus productos”.

1. Contratación de servicios de análisis de miel y productos apícolas por apicultores y agrupaciones de apicultores, que se realicen en laboratorios reconocidos por la autoridad competente.

2. Promoción y creación de laboratorios de agrupaciones de apicultores.

3. Adquisición de aparatos, kits y otro material para análisis de la miel y otros productos apícolas.

Línea E) “Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola española”.

1. Inversiones para la cría de reinas (núcleos de fecundación, incubadoras, material para inseminación artificial de reinas).

2. Cría de reinas de razas autóctonas para reposición de bajas, siempre que se cubran las necesidades financieras para asistir las solicitudes de la medida anterior.

Línea H) “Mejora de la calidad de los productos con objeto de explotar el potencial de los mismos en el mercado”.

1. Contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores en materia de comercialización de los productos apícolas, por parte de agrupaciones de apicultores que acrediten una dimensión significativa, expresada como volumen de miel producida y comercializada y fijada, en su caso, por la autoridad competente.

2. Medidas de promoción de figuras de calidad de los productos apícolas por parte de asociaciones y agrupaciones de apicultores que acrediten una dimensión significativa, expresada como volumen de miel producida y comercializada y fijada, en su caso, por la autoridad competente.

3. Sistemas de divulgación técnica a nivel de comercialización para agrupaciones de apicultores que acrediten una dimensión significativa, expresada como volumen de miel producida y comercializada y fijada, en su caso, por la autoridad competente.

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/08/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 155
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento