Ayudas al control oficial del rendimiento lechero, se convocan las correspondientes al año 2008.

Código de ayuda:

S60455/08

Norma:

ORDEN AAR/405/2008, de 4 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al control oficial del rendimiento lechero que se establecen en el anexo de esta Orden.

Convocar las ayudas correspondientes al año 2008, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas que establece esta Orden tienen carácter de subvención directamente aplicable a las actividades del control oficial de rendimiento lechero.

Se establece un importe máximo para cada lactación finalizada y válida, y que se calcula a partir del conjunto de datos normalizados obtenidos del control oficial de rendimiento lechero de una hembra inscrita en el libro genealógico.

Este importe será, para cada una de las especias previstas en estas bases reguladoras, el siguiente:

- Bovina: 10 euros por cada lactación finalizada y válida.
- Ovina y caprina: 5 euros por cada lactación finalizada y válida.

La determinación de la cuantía de la ayuda se realizará en función del número de lactaciones finalizadas y válidas y de la disponibilidad presupuestaria.

En caso de que la disponibilidad presupuestaria sea insuficiente para atender todas las lactaciones finalizadas y válidas que consten en las diferentes solicitudes se procederá a efectuar un prorrateo ajustando los importes solicitados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones ganaderas de las especias bovina, ovina y caprina destinadas a la reproducción, acogidas a control oficial de rendimiento lechero, que cumplan los requisitos que establecen los artículos 5 y 6 del Real decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las
especias bovina, ovina y caprina (BOE núm. 97, de 23.4.2005); y que formen parte de una organización o asociación de ganaderos reconocida oficialmente tal como establece el artículo 2.c) del Real decreto 368/2005, de 8 de abril.

Las organizaciones y asociaciones de titulares de explotaciones ganaderas de las especias bovina, ovina y caprina a las que se refiere el apartado 2 de este anexo, son las entidades solicitantes y perceptoras de las ayudas que regula esta Orden.

Las organizaciones y asociaciones deben llevar a cabo las actuaciones definidas en el apartado 1 de estas bases y por las que se solicita la ayuda, a todas las personas beneficiarias que estén incluidas en la lista de personas beneficiarias solicitantes de sus servicios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Es objeto de estas bases reguladoras establecer una línea de ayuda de los costes que generan las actividades del control oficial de rendimiento lechero en las explotaciones ganaderas de Cataluña de las especias bovina, ovina y caprina, del que se extraen los datos cuantitativos y cualitativos de sus lactaciones y se evalúan genéticamente las reproductoras con el objeto de mejorar las razas, así como la
tecnificación de las explotaciones ganaderas.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5214
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento