Ayudas al alumnado de niveles no universitarios para la adquisición de un ordenador personal durante el año 2006 y se aprueban sus bases reguladoras.
Código de ayuda:
S34719/06Norma:
Orden de 18 de septiembre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/10/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta disposición tiene por objeto establecer las bases para regular la concesión de 4.445 ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de niveles no universitarios que adquieran un ordenador personal en el año 2006.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda será de 300 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas los padres, madres o tutores legales del alumnado que reúna los siguientesrequisitos:
a) Estar matriculado/a en el año escolar 2006-2007 en un centro educativo sostenido con fondos públicos
de la Comunidad Autónoma de Galicia en cualquiera de los cursos de educación primaria y de educación
secundaria obligatoria.
b) Adquirir o haber adquirido un ordenador personal de primera mano, de sobremesa o portátil, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2006. El ordenador personal de sobremesa estará compuesto, como mínimo, por la CPU, un teclado, un ratón y una pantalla.
c) Ser el único miembro de la unidad familiar para el que se solicita la ayuda.
d) No haber recibido esta ayuda la unidad familiar en anterior convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El importe de cada una de las ayudas se destinará a sufragar parte de los gastos derivados de la adquisición de un ordenador personal.1. En primer lugar se adjudicarán las ayudas al alumnado de 5º y 6º de primaria y 1º y 2º de ESO.
2. De no cubrirse el número de ayudas ofertadas con el alumnado mencionado en el punto 1, se adjudicarán las ayudas al alumnado de 3º y 4º de la ESO y 1º, 2º, 3º y 4º de primaria con la siguiente
prelación: 3º, 4º de la ESO, 4º, 3º, 2º y 1º de educación primaria.
3. El criterio de valoración que se tendrá en cuenta para conceder estas ayudas será el del nivel de ingresos de la unidad familiar.
Documentos asociados
Boletín:
22/09/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 184
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 184
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento