Ayudas agroambientales a la utilización de métodos de producción agraria integrada para frutales de pepita en Extremadura.
Código de ayuda:
S12646/04Norma:
Orden de 23 de abril de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/05/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir el plazo de presentación de solicitudes, así como regular, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento a seguir en la tramitación de las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria integrada en frutales de pepita.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El cálculo de las primas se realizará aplicando la superficie de las Unidades Mínimas de Cultivo Agroambiental (UMCA), en razón de lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 24/2003, de 11 de marzo, de la Junta de Extremadura, siendo para esta medida una prima máxima anual de 153,26 €/ha.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, con domicilio social y fiscal en Extremadura, titulares de explotaciones agrarias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones compatibles con el medio ambiente encaminadas a la racionalización en el uso de productos químicos para los cultivos de frutales de pepita.Requisitos:
estar inscritas, en su totalidad y a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y MedioAmbiente de la Junta de Extremadura (R.E.A.), y que se comprometan a realizar las actuaciones objeto de ayuda, por un período de al menos cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor, siempre y cuando la superficie mínima de cultivo sea de 0,5 ha.
Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
04/05/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
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