Ayudas agroambientales a la utilización de métodos de producción agraria ecológica en el cultivo de frutales de secano de Extremadura.

Código de ayuda:

S12628/04

Norma:

Orden de 23 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La utilización de métodos de producción agraria ecológica en el cultivo de frutales de secano, con la finalidad de obtener y comercializar productos ecológicos o biológicos que estén reconocidos por el Comité Extremeño de la Producción Agraria Ecológica (C.E.P.A.E.).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El cálculo de las primas se realizará aplicando la superficie de las Unidades Mínimas de Cultivo Agroambiental (UMCA), en razón de lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 24/2003, de 11 de marzo, de la Junta de Extremadura, siendo para esta medida una
prima máxima anual de 119,00 €/ha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, con domicilio social y fiscal en Extremadura, titulares de explotaciones agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones compatibles con el medio ambiente encaminadas a la racionalización en el uso de productos químicos para los cultivos de frutales de secano.

Requisitos:

Inscritas, en su totalidad y a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura (en adelante, R.E.A.), mediante su inscripción en los correspondientes formularios de cultivos arbóreos previstos a tal efecto, y que se comprometan a realizar las actuaciones objeto de ayuda, por un período de al menos cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor, siempre y cuando la superficie mínima de cultivo sea de 1 ha.

Para el cobro de las ayudas los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Convocatoria Descargar Documento