Ayudas, acogidas al régimen de mínimis, para la realización de eventos sociales que dinamicen el medio rural y litoral de la CAPV, para el año 2018.

Código de ayuda:

S60482/18

Norma:

ORDEN de 21 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2018 ayudas destinadas a la promoción de eventos sociales para la dinamización del medio rural y litoral en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades:

a) Estimular la participación del sector privado y público en la financiación de eventos sociales en el medio rural y litoral.

b) Fomentar nuevos eventos sociales así como consolidar aquellos que tengan un relevante impacto positivo en el medio rural y litoral.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía e Infraestructuras (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas privadas o públicas
que actúen como promotoras de eventos sociales en el medio rural o litoral de la CAE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable la realización de eventos de carácter social siempre que estén desligados de la actividad agraria y tengan un impacto dinamizador del medio rural. Se excluyen en particular, todo tipo de Ferias. De manera no exhaustiva, se consideran subvencionables los siguientes eventos: concursos, jornadas, debates, talleres, competiciones, conferencias y exposiciones.

Requisitos:

– Desarrollar la actividad subvencionada en una zona rural o litoral de la CAE, conforme a las
zonas con grado de ruralidad/litoralidad G1 a G6 y L1 aL7, definidas en el Anexo I de esta orden.

– Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

– Comunicar si ha solicitado o no, y si se ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u
otros recursos económicos para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualquier administración pública o entes tanto públicos como privados. En caso afirmativo, se deberá comunicar la identidad de la entidad concedente de la ayuda y de su importe.

Asimismo, dicha comunicación deberá incorporar una declaración expresa referente a las demás ayudas de mínimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio en curso.

– En el caso de las personas jurídicas, estar legalmente constituidas y encontrarse inscritas en el Registro correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 03/12/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 232
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento