Ayudas acogidas al régimen de mínimis a carnicerías tradicionales que se adhieran a la nueva marca «Basque Label Harategiak».

Código de ayuda:

S21982/18

Norma:

ORDEN de 25 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de agosto de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es apoyar aquellas carnicerías tradicionales que participen en el desarrollo de la marca de canal «Basque Label Harategiak», mediante la compensación por aquellas inversiones que acometan para adaptarse a la nueva imagen de la marca.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Comercio
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda ascenderá a 15.000 euros por cada beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas solicitantes de la ayuda podrán ser personas físicas o jurídicas que acrediten, por cualquier título jurídico valido en derecho, ser titulares de un establecimiento dedicado a la actividad de carnicería tradicional ubicada en el ámbito territorial de la Comunidad, que se adhieran a la nueva marca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición y mejora de equipamientos de carácter básico para adaptar la señalética, (expositores, cartelería, etc.) a la nueva imagen de marca. Estos equipamientos se ajustarán a lo establecido en el estudio integral realizado en el establecimiento. La cuantía de la ayuda por este concepto será del 100% de la inversión acometida y considerada subvencionable por la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, con un importe máximo de 5.000 euros.

b) Otras obras menores de carácter constructivo, adquisición y mejora de equipamientos de carácter adicional para la adaptación del establecimiento a lo determinado en el estudio integral realizado en el mismo. La cuantía de la ayuda por este concepto asciende al 50% de la inversión acometida y considerada subvencionable por la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, hasta un máximo de 10.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento