Ayudas acogidas al Decreto 184/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece régimen de incentivos a la inversión empresarial en actividades industriales con gran impacto económico y social en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S49682/18

Norma:

DECRETO 184/2017, de 7 de noviembre. ORDEN de 26 de septiembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocatoria de una línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas dedicadas a la actividad industrial y que realicen inversiones en activos fijos que supongan un fuerte impacto económico y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía e Infraestructuras (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Serán beneficiarias las personas jurídicas titulares de empresas que realicen, o vayan a realizar, actividades industriales.

Se entenderá por actividad industrial toda aquella que esté incluida en las divisiones o grupos que se indican en el anexo I del Decreto 184/2017, de 7 de noviembre, de acuerdo con la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 (Reglamento (CE) número 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006). Sin perjuicio de lo anterior, quedan excluidas todas aquellas actividades industriales consideradas sensibles por la Unión Europea para lo cual se tendrán en cuenta las directrices sectoriales específicas así como las normas y criterios de la Unión Europea que afecten a esos sectores considerados sensibles.

2. Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas públicas y las participadas mayoritariamente por éstas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables las siguientes inversiones y gastos que pudiese realizar una empresa, agrupados en los siguientes apartados:

a) Obra civil:

— Traídas y acometidas de servicios necesarios para la actividad, siempre que queden en propiedad de la empresa beneficiaria y que no sean objeto de cesión a terceros.

— Urbanización adecuada a las necesidades del proyecto, siempre que queden en propiedad de la empresa beneficiaria y que no sean objeto de cesión a terceros.

— Construcción de oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas y de productos terminados, edificios de producción, de servicios industriales y de comercialización.

— Instalaciones y otras obras vinculadas al proyecto.

b) Bienes de Equipo y Equipamiento:

— Maquinaria de proceso, elementos de transporte interior, equipos de medida y control, equipos de seguridad, medios de protección del medio ambiente, instalaciones especiales, mobiliario y enseres, utillaje y pequeñas herramientas, equipos para proceso de información y otros bienes de equipo ligados al proyecto.

Los activos adquiridos dentro de este apartado deberán ser nuevos.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2017
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 217
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 28/09/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 190
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/09/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 190
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento