Ayudas a titulares de determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas para el año 2004.
Código de ayuda:
S22482/04Norma:
ORDEN AYG/1391/2004, de 31 de agosto.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular y convocar ayudas por superficie, para el año 2004, a plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistacho y algarroba, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en aplicación del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La Comunidad Autónoma de Castilla y León concederá para el año 2004, una ayuda que no podrá superar los 60,375 euros por hectárea.Esta ayuda, sumada a la aportada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, no podrá rebasar la cuantía de 120,75 euros por hectárea.
El importe máximo, no podrá exceder de 241,5 euros/Ha.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los titulares de superficies correspondientes a las plantaciones referidas.Las ayudas se solicitarán y abonarán a través de las Organizaciones de Productores reconocidas para estos productos, en las que estén integrados los titulares de las superficies.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Ayudas por superficie a plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistacho y algarroba.Los requisitos que deberán cumplir las superficies serán los siguientes:
a) Las parcelas tendrán una superficie mínima de 0,2 hectáreas.
b) Serán de cultivo homogéneo, no diseminado, con plantación regular y continua, que no podrá estar separada por otros cultivos o plantaciones.
Las parcelas no estarán constituidas por asociaciones de cultivos, excepto que estas asociaciones lo sean de almendro, avellano, nogal, pistacho o algarroba. En este último caso, si la ayuda se diferenciara por especies se abonaría la ayuda correspondiente a la dominante en la parcela.
c) Las plantaciones tendrán una densidad mínima por Ha. de 80 árboles para almendro, 150 para avellano y pistacho, 60 para nogal y 30 para algarroba.
d) Estarán incluidas entre los recursos productivos de una Organización de Productores reconocida.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
13/09/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
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Boletín:
13/09/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
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