Ayudas a titulares de determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas para el año 2004.

Código de ayuda:

S22482/04

Norma:

ORDEN AYG/1391/2004, de 31 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar ayudas por superficie, para el año 2004, a plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistacho y algarroba, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en aplicación del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La Comunidad Autónoma de Castilla y León concederá para el año 2004, una ayuda que no podrá superar los 60,375 euros por hectárea.
Esta ayuda, sumada a la aportada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, no podrá rebasar la cuantía de 120,75 euros por hectárea.

El importe máximo, no podrá exceder de 241,5 euros/Ha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de superficies correspondientes a las plantaciones referidas.

Las ayudas se solicitarán y abonarán a través de las Organizaciones de Productores reconocidas para estos productos, en las que estén integrados los titulares de las superficies.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas por superficie a plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistacho y algarroba.

Los requisitos que deberán cumplir las superficies serán los siguientes:
a) Las parcelas tendrán una superficie mínima de 0,2 hectáreas.
b) Serán de cultivo homogéneo, no diseminado, con plantación regular y continua, que no podrá estar separada por otros cultivos o plantaciones.
Las parcelas no estarán constituidas por asociaciones de cultivos, excepto que estas asociaciones lo sean de almendro, avellano, nogal, pistacho o algarroba. En este último caso, si la ayuda se diferenciara por especies se abonaría la ayuda correspondiente a la dominante en la parcela.
c) Las plantaciones tendrán una densidad mínima por Ha. de 80 árboles para almendro, 150 para avellano y pistacho, 60 para nogal y 30 para algarroba.
d) Estarán incluidas entre los recursos productivos de una Organización de Productores reconocida.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 13/09/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 13/09/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
Documento: Anexos Descargar Documento