Ayudas a servicios de asesoría prestados por Agrupaciones de Sanidad Vegetal a pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S33182/15

Norma:

Orden GAN/38/2015, de 25 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/08/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para 2015 las ayudas al asesoramiento en sanidad vegetal prestadas por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV) y dirigidas a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV) que presten servicios de asesoramiento en materia de sanidad vegetal a pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas en Cantabria, para llevar a cabo programas de control integrado de agentes nocivos que causan daños en los cultivos.

La ayuda se pagará al prestador de servicios de asesoramiento técnico y no se podrán realizar pagos directos a los productores.

Requisitos:

1. Las ASV deberán estar reconocidas e inscritas en el Registro de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo rural, establecido en el artículo 9 de la Orden DES/43/2010, de 1 de julio, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV) y se crea su registro.

2. Los servicios de asesoramiento se prestarán a los socios de la ASV y a terceros que así lo soliciten, siempre que reúnan los requisitos para ser consideradas como pequeñas y medianas empresas (PYME) según la definición especificada en el Anexo I del reglamento (UE) N.º 702/2014 de la Comisión.

3. Compromiso de suscribir un contrato laboral con un Técnico para dirigir la gestión de la sanidad vegetal de los cultivos agrupados en la ASV.

4. Mantener el contrato de un técnico durante un plazo mínimo de cuatro meses. Este plazo deberá cubrir las necesidades técnicas en sanidad vegetal y control integrado que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 127
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento