Ayudas a proyectos empresariales desarrollados por mujeres dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S01900/07

Norma:

ORDEN 3001/2006, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a proyectos empresariales desarrollados por mujeres, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Se entiende por proyecto empresarial, a los efectos anteriores, empresas de nueva creación no procedentes del cambio jurídico de empresas preexistentes, promovidas por mujeres, ya sea como autónomas o como socias de cooperativas o de sociedades laborales.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las empresarias individuales y las socias de cooperativas o de sociedades laborales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos empresariales desarrollados por mujeres.

Requisitos:

a) Ejercer su actividad en la Comunidad de Madrid. Dicha actividad deberá haberse iniciado dentro del período señalado en el capítulo II de la convocatoria.

b) Que todas las personas que ejerzan funciones de administración y/o gerencia sean mujeres. A estos efectos, se considerará, en todo caso, que la administración/gerencia no está ejercida por mujeres cuando se otorga poder amplio a un hombre por parte de:

1.o La empresaria individual o la socia o socias de cooperativas o de sociedades laborales.
2.o La socia o socias que representen más de un 25 por 100 del capital social.
3.o La socia o socias que según los estatutos sociales puedan desempeñar funciones de administración/gerencia independientemente del capital social que representen.

c) En el caso de socia/s solicitante/s, el 51 por 100 del capital social de la sociedad cooperativa o laboral debe estar suscrito por mujeres, con independencia, en su caso, de lo que se derive respecto a dicha propiedad, del régimen económico matrimonial.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 3
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento