Ayudas a proyectos de investigación sanitaria a iniciar en el año 2006.

Código de ayuda:

S12682/06

Norma:

ORDEN de 4 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la convocatoria y concesión de ayudas económicas a proyectos de investigación sanitaria cuyo desarrollo se inicie durante el año 2006.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entes solicitantes y beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente Orden, los centros
públicos y privados de I+D sitos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

A estos efectos se entiende por:
a) Centro público de I+D: entidades e instituciones sanitarias públicas, universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos y, en general, cualquier centro de I+D dependiente de la Administración Pública.
b) Centro privado de I+D: entidades e instituciones sanitarias privadas, universidades y otras entidades privadas, con personalidad jurídica propia, con capacidad o actividad demostradas en acciones de I+D.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de investigación podrán ser de carácter básico, clínico, epidemiológico, de salud pública y de investigación en servicios de salud.

La ayuda que en cada caso se conceda se destinará a cubrir, hasta el importe que para cada uno de ellos se señale, los siguientes tipos de gasto:
1.– Gastos de personal, que incluye los costes ocasionados por la participación en el proyecto de personal
no vinculado contractualmente con el centro beneficiario ni ejecutor.
2.– Gastos de adquisición de bienes y contratación de servicios, que incluirán el material inventariable utilizado para la realización del proyecto, el material fungible y demás gastos complementarios tales como material bibliográfico y contratación de servicios externos necesarios para la ejecución del proyecto.
3.– Otros gastos tales como viajes, asistencias a reuniones científicas, actividades de difusión de los resultados, etc., siempre que estén directamente relacionados con el proyecto.
4.– En ningún caso se retribuirá a los miembros del equipo investigador, incluidos los licenciados y licenciadas en periodo de formación sanitaria especializada.
5.– Una vez finalizado el proyecto, el material inventariable adquirido con cargo a las ayudas concedidas,
pasará a ser propiedad del centro ejecutor del proyecto y será utilizado prioritariamente en la actividad
investigadora.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 77
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento