Ayudas a proyectos de innovación en bioeconomía forestal.

Código de ayuda:

S47019/18

Norma:

ORDEN de 30 de agosto de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar ayudas dirigidas a estimular e incentivar la realización de proyectos piloto innovadores en el ámbito de la bioeconomía forestal.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que se clasificarán en:

Pequeña y mediana empresa, conforme a la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (C(2003) 1422). Gran empresa, que serán las empresas no contempladas en la definición de pequeñas y medianas empresas.

2.– Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes. Todas y cada una de las empresas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidos en la presente Orden. Estas agrupaciones deberán hacer constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, así como designar a un miembro como destinatario de los fondos que será quien los distribuya entre el resto de miembros de la agrupación. La agrupación no podrá
disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 44 en relación
con el artículo 32.m) del texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideraran actividades subvencionables la realización de proyectos piloto innovadores en el ámbito de la bioeconomía forestal que transformen materia prima forestal y productos forestales y obtengan productos con valor añadido.

Documentos asociados

Boletín: 11/09/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 175
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento