Ayudas a proyectos colectivos de acondicionamiento marino y regeneracion, financiados por el FEP, que permitan mejorar la productividad de bancos marisqueros con problemas de perdida de produccion y que contribuyan de forma sostenible a mejorar la gestion y conservacion de los recursos marinos vivos.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02346/14

Norma:

ORDEN de 30 de diciembre de 2013. RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2014. ORDEN de 30 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar el importe máximo, para el año 2015, de la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos de acondicionamiento marino y regeneración, financiados por el FEP, que permitan mejorar la productividad de bancos marisqueros con problemas de pérdida de producción y que contribuyan de forma sostenible a mejorar la gestión y conservación de los recursos marinos vivos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje máximo de las ayudas podrá alcanzar el 100 % de la inversión subvencionable en cada una de las acciones, condicionada en todo caso a las disponibilidades presupuestarias. La comisión de evaluación podrá limitar la cuantía de los gastos elegibles que considere no justificados debidamente en el proyecto, tanto en cuanto a su número como a su valoración o a su necesidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las entidades del sector pesquero, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero, marisquero y acuícola y tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Estas entidades son las cofradías de pescadores, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales del sector, y las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones colectivas que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan por objeto contribuir de forma sostenible a mejorar la gestión o conservación de los recursos, mediante el acondicionamiento y regeneración para la mejora de la productividad de los bancos marisqueros con problemas de pérdida de producción.

Podrán concederse subvenciones para los siguientes gastos, siempre que sean necesarios para la ejecución de los proyectos referidos en el artículo anterior:

a) Los de contratación de empresas, profesionales o entidades prestadoras de servicios.

b) Los de adquisición de equipamiento y material necesario para desarrollar las acciones.

c) Los de adquisición de semilla de moluscos, con las siguientes condiciones:

c.1) Cuando se trate de semilla de almeja procedente de puesta inducida, esta no deberá ser mayor de 18 mm.

c.2) La almeja procedente de bancos marisqueros sólo se admitirá cuando se trate de bancos catalogados como C, y por causas excepcionales suficientemente acreditadas. No deberá ser mayor de 35 mm en el caso de almeja fina o japonesa, o de 30 mm en el caso de almeja babosa.

Deberá garantizarse una permanencia en el banco de destino de, al menos, dos meses, o el plazo mayor que se establezca en la resolución.

c.3) No se aplicarán las anteriores limitaciones en el caso de siembras para regeneración de bancos que sufrieran mortandad masiva, suficientemente acreditada, pero no podrá comercializarse antes del plazo de un año desde la siembra.

c.4) En cualquier caso, se requerirá permiso de inmersión según lo establecido en el Decreto 423/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente en materia de marisqueo, extracción de algas y cultivos marinos.

d) Los de redacción de proyecto técnico cuando este resulte exigible por la normativa aplicable y siempre que la actuación a que se refiera resulte subvencionable.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 20/02/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 35
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
Boletín: 13/02/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 30
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento