Ayudas a proyectos colectivos, cofinanciados por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), que contribuyan a reforzar la gestión de los recursos de la pesca costera artesanal para garantizar una actividad económica, social y ambientalmente sostenible (código de procedimiento PE209P).

Código de ayuda:

S15773/26

Norma:

ORDEN de 11 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a proyectos colectivos, cofinanciados por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), que contribuyan a reforzar la gestión de los recursos de la pesca costera artesanal para garantizar una actividad económica, social y ambientalmente sostenible.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje máximo de las ayudas podrá alcanzar el 100 % de la inversión subvencionable en cada una de las acciones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cofradías de pescadores y federaciones de estas, las organizaciones de productores pesqueros, las entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector pesquero, y las entidades sin ánimo de lucro integradas exclusivamente por las cofradías de pescadores y federaciones de estas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos de personal imprescindible asociado al proyecto.
b) Los gastos de contratación de profesionales, empresas o entidades prestadoras de servicios, incluidos los servicios necesarios para procurar el soporte, seguimiento e históricos de los sistemas de posicionamiento, seguimiento, registro y monitorización.
c) Equipos de posicionamiento geográfico para los trabajadores con tareas de vigilancia o de asistencia técnica.
d) Equipo de muestreo. Deberá ser debidamente justificada en la memoria del proyecto la necesidad y la adecuación de los elementos del equipo de muestreo a las actuaciones recogidas en el proyecto solicitado.
e) Los gastos de adquisición y administración de sistemas informáticos de recogida de datos, organizativos y de producción, en el marco del desarrollo de los planes de gestión de los recursos marisqueros incluidos en el proyecto aprobado, siempre que sean enviados por los canales o servicios web habilitados a estos efectos a la Unidad Estadística de la Consellería del Mar, conforme a la estructura y contenido del fichero de transmisión que se pondrá a disposición en la página web de la Consellería del Mar (http://mar.xunta.gal/). Los datos serán incorporados a los sistemas de información de la Administración autonómica.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 105
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 08/06/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 105
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento