Ayudas a profesionales, destinadas a la formación continuada en Ciencias de la Salud.

Código de ayuda:

S15600/06

Norma:

RESOLUCIÓN 798/2006, de 10 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen para la concesión de ayudas a profesionales, destinadas a la formación continuada en Ciencias de la Salud para el año 2006, incluyendo las actividades de formación continuada desarrolladas con posterioridad al cierre de la convocatoria de 2005, y las que se realicen durante el año 2006.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que presten servicios retribuidos en centros u organismos sanitarios ubicados en la Comunidad Foral, públicos o privados, siempre que éstos tengan establecidos conciertos o convenios de colaboración con el Departamento de Salud o sus organismos autónomos.

Asimismo, podrán solicitar ayudas para bolsas de viaje los profesionales contratados con carácter estable o becarios financiados en los proyectos de investigación promovidos por el Departamento de Salud, y los becarios de investigación incluidos en el programa de Ayudas para la Promoción de Investigadores en Ciencias de la Salud (APICS) del mismo Departamento, para actividades relacionadas con los proyectos a los que se encuentren adscritos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades objeto de esta convocatoria se ajustarán a alguna de las siguientes modalidades:

Ayudas para perfeccionamiento.
Tienen por objeto cubrir, total o parcialmente, los gastos originados por la realización de actividades encuadradas en alguna de las siguientes modalidades:
Modalidad A.−Estancias de duración igual o superior a un mes en instituciones o entidades de reconocido prestigio, nacionales o extranjeras, para adquisición de conocimientos en nuevas tecnologías, para la colaboración en líneas de investigación coincidentes con las de proyectos de centros u organismos ubicados en la Comunidad Foral, o para completar el programa de formación sanitaria especializada durante el periodo de Residencia.
Modalidad B.−Realización de cursos de actualización en temas relacionados con el trabajo que desarrolle el solicitante y de interés para el centro u organismo donde preste sus servicios, cuyo periodo de formación sea igual o superior a un mes.
No se concederán ayudas para la obtención de títulos o certificados de postgrado, expedidos por entidades públicas o privadas, que correspondan a cursos de especialización (master, expertos y equivalentes), o que capaciten oficialmente para el desarrollo profesional.
Modalidad C.−Estancias de uno a seis meses de intercambio y actualización de conocimientos en Centros o Unidades dependientes del Departamento de Salud, dirigidas a profesionales sanitarios procedentes de países de habla hispana o en vías de desarrollo.

Bolsas de Viaje.
Tienen como objeto atender total o parcialmente los gastos originados por la realización de actividades encuadradas en alguna de las siguientes modalidades:
Modalidad D.−Estancias de duración inferior a un mes, en instituciones cuyas líneas de actuación coincidan con las del centro u organismo donde presta sus servicios el solicitante, incluidas las derivadas del cumplimiento del programa de formación sanitaria especializada durante el periodo de Residencia.
Modalidad E.−Realización de cursos de duración inferior a un mes, relacionados con el trabajo que realiza el solicitante y que sean de interés para el centro u organismo donde preste sus servicios.
Modalidad F.−Asistencia a congresos y reuniones científicas en las que el solicitante participe activamente con aportaciones científicas.

Ayudas para la formación en idiomas técnicos.
Modalidad G.−Tienen por objeto atender total o parcialmente los gastos derivados de la realización de cursos de idiomas técnicos (inglés, francés y alemán) para su aplicación en Ciencias de la Salud, en centros autorizados.
La ayuda corresponderá a un único nivel de los señalados en el apartado 8.1 de la presente Resolución.

Requisitos:



Documentos asociados

Boletín: 24/05/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 62
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento