Ayudas a personas físicas y entidades privadas sin ánimo de lucro para restauración de patrimonio inmueble durante 2026.
Código de ayuda:
S09028/26Norma:
ORDEN FORAL 38E/2026, de 10 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de parte del coste de las intervenciones de conservación, consolidación, rehabilitación y restauración de inmuebles del patrimonio cultural de la Comunidad Foral de Navarra, promovidas por personas físicas y entidades privadas sin ánimo de lucro, durante el ejercicio 2026.Categorías Subvención
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Será como máximo del 50% del presupuesto aceptado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal en Navarra, que sean propietarias de los inmuebles y que promuevan obras de conservación, consolidación, rehabilitación y restauración en el patrimonio inmueble cultural de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los derivados de la redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de las obras deconservación, consolidación, rehabilitación y restauración, redactados por técnicos competentes
conforme a lo regulado en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
b) Los de las obras de conservación, consolidación, rehabilitación y restauración de patrimonio
inmueble.
Requisitos:
a) Cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y que no se encuentren cumpliendo sanciones administrativas firmes, una sentencia firme condenatoria o, en su caso, estén pendientes del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.b) Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Acreditar la propiedad del inmueble o situación de usufructuario o arrendatario, mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en Derecho.
d) Acreditar que el inmueble es Patrimonio Cultural de Navarra conforme al punto 1.2 de estas
bases reguladoras.
e) Acreditar haber obtenido o solicitado el resto de las autorizaciones, licencias y permisos que la
obra requiera.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
