Ayudas a personas con ancianos y ancianas dependientes a su cargo para el ejercicio del año 2006.

Código de ayuda:

S57764/05

Norma:

Orden de 24 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es el de otorgar apoyo económico por el cuidado de ancianos o ancianas dependientes desde el ámbito familiar en el año 2006, para conseguir la permanencia de los mismos en su núcleo convivencial de origen y evitar su internamiento residencial.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas económicas será de 190 euros al mes y 170 euros al mes, en función de cuál sea el nivel de renta de la unidad familiar de la persona solicitante, según el cuadro siguiente:

Renta per cápita de la unidad familiar de la persona solicitante Importe de la ayuda:
Hasta 2.900,00 euros 190 euros.
De 2.900,01 a 5.849,34 euros 170 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, las personas que dedicándose al cuidado de un anciano o anciana reúnan los requisitos establecidos en esta orden.

Requisitos:

* Residir en la Comunitat Valenciana y estar empadronada en algún municipio de la misma.
* Tener cumplidos 45 años o más, a 31 de diciembre del año 2005.
* No desempeñar trabajo remunerado alguno por cuenta propia o ajena, durante el período para el que se solicita la ayuda, y dedicarse exclusivamente a las tareas propias del hogar y al cuidado de un anciano o anciana, en situación de dependencia para las actividades de vida diaria, con el fin de apoyar su normal desarrollo humano y favorecer su integración social.
* Convivir con el anciano o anciana, o vivir en domicilio próximo, considerando como tal la misma población, o distinta población que no diste mas de 10 kilómetros.
* No haber percibido, durante el ejercicio 2004, rendimientos del trabajo personal ni de actividades profesionales, empresariales, agrícolas y ganaderas, salvo los siguientes:
- La pensión mínima de viudedad de la Seguridad Social para su tramo de edad.
- La propia ayuda para el cuidado de ancianos y ancianas desde el ámbito familiar.
* No haber obtenido, durante el ejercicio 2004, ingresos superiores a 3.875,00 euros por otros conceptos establecidos en el artículo 4 de la presente orden.
* Que la renta per cápita de la unidad familiar a la que pertenece no supere, en el ejercicio 2004, los siguientes límites:
- 5.439,00 euros en el caso de unidad familiar integrada por varios convivientes, incluida la persona anciana si convive en el mismo domicilio.
- 5.849,34 euros en el caso de que la persona solicitante viva sola y a la vez sea preceptora de la pensión mínima de viudedad.

Documentos asociados

Boletín: 16/12/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5156
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento