Ayudas a pequeñas y medianas empresas (Pymes) y autónomos para el desarrollo de planes de sensibilización y apoyo tutorizado a la innovación para el año 2010.

Código de ayuda:

S56928/10

Norma:

ANUNCIO de 20 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de noviembre de 2010 o hasta agotar el presupuesto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la participación de las Pymes en el Programa InnoCámaras, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo tutorizado que se detallan en el Anexo I.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Cooperación empresarial
  • Otras

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejo Andaluz de Cámaras (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Fase I: Diagnóstico Individualizado. El importe total financiable de los servicios asciende a la cantidad máxima de 1.200,00 € + IVA.
El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de la ayuda) será del 100% del coste financiable.

B) Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.
Las empresas podrán financiar con cargo al Programa InnoCámaras gastos de asesoría e inversiones asociados al desarrollo/ejecución del PAI hasta un importe de 6.000 euros (IVA no incluido) durante un periodo máximo de 4 a 6 meses desde la fecha de firma del convenio.
Esta cantidad podría aumentar hasta los 12.000 euros (IVA no incluido), a ejecutar en un plazo máximo de hasta 10 meses desde la fecha de firma del convenio, si la empresa aporta un informe de justificación del asesor – en el marco de la ejecución de su respectivo Plan de Apoyo a la Innovación – y es validado por el Coordinador Cameral del Programa3.

El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de la ayuda) será del 80% del coste financiable en que haya incurrido la empresa destinataria, siendo por tanto, la cuantía máxima por empresa de 4.800,00 € (9.600,00 € en caso de ampliación de coste financiable).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pymes (incluyendo microempresas y autónomos), según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03) que tengan su domicilio social y/o centro productivo en el ámbito de demarcación de la Cámara de Granada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de ayuda, los gastos incurridos por las Pymes durante el desarrollo de los “Planes Individuales de Apoyo a la Innovación”, estando referidos a los siguientes conceptos generales:

Fase I: Diagnóstico Individualizado.

A) Gastos de los servicios de asesoría proporcionados por el Tutor.

Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.

B) Gastos de los servicios de asesoría y consultoría proporcionados por el Asesor para la elaboración y desarrollo del Plan.

C) Inversiones y/o gastos asociados al desarrollo y ejecución del Plan elaborado por el Asesor, cuya tipología se detalla en el Anexo I.

Requisitos:

Serán obligaciones de los beneficiarios las que se deriven de los objetivos del Programa y del cumplimiento de las condiciones operativas, económicas, de información y control que se establecen en el Convenio de participación en el Programa InnoCámaras.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/10/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 200
Documento: Anuncio de convocatoria. Descargar Documento