Ayudas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, anualidad 2008.

Código de ayuda:

S72619/08

Plazo de Solicitud:

30 días naturales, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas a Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD) que Dispongan de sede o delegación permanente en la provincia de Alicante, para la cofinanciación de proyectos a desarrollar en el campo de la Cooperación Internacional y fomento de la solidaridad entre los pueblos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Pola (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituida e inscrita en el registro de ONGD de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) según establece el art. 2 del RD 993/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de ONGD adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional.

b) Disponer de sede o delegación permanente en la provincia de Alicante. A tales efectos se entiende por delegación permanente la presencia de la ONGD en la citada provincia acreditada documentalmente, con actividades demostrables y estructura organizativa suficiente.

c) Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

d) Garantizar a través de la memoria de actividades su experiencia en el campo de la solidaridad internacional, así como que dispone de la estructura suficiente para cumplir sus objetivos.

e) La existencia de cofinanciación de al menos un 20% del coste total del proyecto presentado.

f) Comprometerse a no asignar más del 8% de la ayuda concedida al capítulo de gestión y administración del proyecto (costes indirectos).

g) En el supuesto de haber recibido con anterioridad subvenciones de este Ayuntamiento para la Cooperación Internacional al Desarrollo, haber cumplido las obligaciones dimanantes de su concesión. Aquellas organizaciones que tuvieran pendientes la justificación proyectos subvencionados en anteriores convocatorias.

h) Que las contrapartes locales sean organizaciones no gubernamentales y/o comunidades organizadas.

i) Declarar su compromiso de aportar la diferencia entre el coste total del proyecto y la ayuda concedida, bien por sus propios medios o por financiación de terceros.

j) En el caso de tratarse de una agrupación de varias entidades, el acuerdo de cada una de ellas por el que para presentar el proyecto se designa a la que actuará como representante de la agrupación ante la administración.

k) No encontrase incurso en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de al Ley de Subvenciones.

l) Las ONGD solicitantes de la subvención deberán acreditar su experiencia en la realización de este tipo de proyectos mediante el aporte de documentos justificativos de la ejecución, individualmente o en agrupación con otras ONGD.

m) Se exime de la acreditación de la experiencia previa a aquellas entidades que ya hubieran recibido subvenciones en anteriores convocatorias de ayudas de este

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
Otro- Nº ****
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/11/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5901
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento