Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promocion comercial y ferial.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S02655/12

Norma:

ORDEN de 31 de diciembre de 2011.,

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial, que potencien el comercio de los mismos, y efectuar su convocatoria para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 50 por 100 del presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio, excluido todo tipo de impuestos y con un límite de ayuda máxima por beneficiario de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios de la Comunidad de Madrid que asuman la organización de ferias del comercio que sean promovidas y/o gestionadas por los mismos y de campañas y actividades de promoción y dinamización del comercio, destinadas a potenciar el desarrollo del tejido empresarial del comercio del municipio y, por
ende, de la región.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La promoción comercial y ferial, que se realice en el ámbito de los municipios, y en concreto, a través de proyectos dirigidos a la organización de ferias del comercio que sean promovidas y/o gestionadas por las mismos y de campañas y actividades de promoción y dinamización del comercio, destinados a potenciar el desarrollo del tejido empresarial del comercio del municipio y, por ende, de la región.

Se consideran subvencionables las acciones enmarcadas dentro de la siguiente línea de actuación:

Actuaciones de promoción comercial y ferial, que comprenderán:

a) Los gastos de diseño y desarrollo de campañas de dinamización y promoción del comercio de la localidad.

Queda excluida del concepto de gasto subvencionable la elaboración de material propagandístico de “merchandising”.

b) Los gastos de organización de ferias del comercio correspondientes al montaje, seguridad, alquiler de instalaciones o equipamientos, decoración, publicidad en medios de comunicación, y promoción dirigida a la captación de profesionales y empresas expositoras del sector comercial. Así como también los gastos derivados de la contratación del personal especifico para el desarrollo de la feria (azafatas, limpieza, mantenimiento, seguridad), con exclusión de los correspondientes al personal propio del municipio.


Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 20
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento