Ayudas a los y las deportistas del Cuerpo de la Policia Autonoma del Pais Vasco que en el año 2011 participen en los Juegos Mundiales de Policias y Bomberos de Nueva York.
Código de ayuda:
S34600/11Norma:
RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de la normativa reguladora para la solicitud y concesión de ayudas económicas a los y las deportistas del Cuerpo de la Policía Autónoma Vasca que en el año 2011 participen en los Juegos Mundiales de Policías y Bomberos a celebrar en la ciudad de Nueva York (USA), del 25 de agosto al 5 de septiembre.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Interior (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima a subvencionar a cada solicitante será el 60% del gasto efectivamente generado por la participación con los límites establecidos en la presente Resolución, sin que la cuantía máxima a subvencionar por cada solicitante pueda superar la cantidad de dos mil quinientos (2.500) euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los y las deportistas del Cuerpo de la Policía Autonomía Vasca que reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de manutención, viaje, alojamiento y cuota/s de inscripción, con las siguientes condiciones.a) Los gastos de manutención se satisfarán por el importe realmente gastado y justificado, hasta un máximo de 30 euros.
A los efectos del devengo de la cantidad correspondiente se entenderán como gastos de manutención, individualmente considerados, los del almuerzo o cena.
b) Los gastos de viaje se satisfarán por el importe del billete o pasaje, desde la Comunidad Autónoma Vasca o, en su caso, desde la Península hasta la ciudad de Nueva York así como el trayecto inverso.
c) Se considerarán como gastos de alojamiento los correspondientes a habitación y desayuno. El hospedaje se efectuará en establecimientos hoteleros de hasta cuatro estrellas.
El importe a percibir por gastos de alojamiento será el realmente gastado y justificado, con sujeción a los límites establecidos en el apartado anterior.
Si el hospedaje no incluyera el desayuno, éste se satisfará por el importe realmente gastado y justificado, hasta un máximo de 6 euros.
d) Se considerarán gastos de cuota/s de inscripción los generados por la inscripción en la modalidad o modalidades objeto de inscripción.
Requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera de la Er tzain tza en el momento de presentación de la solicitud encontrándose en las situaciones administrativas de servicio activo o segunda actividad.b) Tener licencia federativa:
– Correspondiente a la modalidad o modalidades en virtud de la cual se solicita la ayuda.
– Con una antigüedad mínima de 6 meses anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria o haber tenido licencia federativa vigente en tres años en el último quinquenio. En ambos casos habrá de mantenerse la licencia federativa en vigor durante todo el periodo de vigencia de la presente Resolución.
Documentos asociados
Boletín:
16/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 114
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 114
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento