Ayudas a los titulares del derecho del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza de Navarra para la contratación de guardas de campo, especialidad de caza.

Código de ayuda:

S21837/04

Norma:

Orden Foral 708/2004, de 2 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas destinadas a la financiación parcial de la contratación de guardas de caza por los titulares de los aprovechamientos cinegéticos de los cotos de caza públicos de Navarra a fin de dotar a esos cotos de la vigilancia suficiente para proteger la caza, de acuerdo con el Plan de Ordenación Cinegética, impulsando asimismo la presencia estable de
guardas de campo acreditados en materia de caza en los cotos públicos objeto de esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a percibir por guarda será de un 30 por 100 sobre el sueldo bruto, fijándose el máximo a subvencionar en 12.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de los aprovechamientos cinegéticos de los Cotos de caza públicos de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación de guardas de caza por los titulares de los aprovechamientos cinegéticos de los cotos de caza públicos de Navarra.

Requisitos:

a) Tener aprobado y vigente o en periodo de revisión un Plan de Ordenación Cinegética adecuado a la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.
b) Que la Sociedad Local de Cazadores esté al día en sus obligaciones respecto a la aceptación de cazadores navarros sin coto ni derecho a él y respecto a las cuotas cobradas en cada caso, y disponga de los libros de Actas, de Socios y de Cuentas actualizados.
c) Que el coto no esté incurso en expediente no resuelto de agrupación forzosa.
d) No estar pendiente de entregar al Departamento de Medio Ambiente Ordenación del Territorio y Vivienda documentación alguna
relativa a la constitución del coto, adjudicación del coto, y Plan de Ordenación del coto.
e) Que el coto presente un funcionamiento correcto, de acuerdo con la normativa vigente.
f) No tener pendiente deuda alguna con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
g) La contratación tiene que estar en vigor durante la temporada de caza 2004/2005.
h) En el caso de asociarse los titulares de los aprovechamientos cinegéticos de varios cotos para la contratación de un Guarda de Campo (especialidad guarda de caza) estos requisitos afectarían a cada uno de los acotados agrupados.

Documentos asociados

Boletín: 06/09/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 107
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento