Ayudas a los titulares del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza, para la prevención de daños a la agricultura y la mejora del hábitat de las especies cinegéticas.
Código de ayuda:
S13091/06Norma:
ORDEN FORAL 108/2006, de 30 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la ejecución de actividades cinegéticas en los cotos de caza de Navarra durante 2006.Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los titulares del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades objeto de subvención serán las siguientes:−Actividades destinadas a la prevención de daños procedentes de especies cinegéticas hacia la actividad agrícola.
−Actividades destinadas a la mejora del hábitat para las especies cinegéticas.
Mediante estas ayudas se articulan medidas dirigidas a prevenir los daños a la agricultura causados por las especies cinegéticas y la mejora de su hábitat, con el fin de reducir los efectos perniciosos de la fauna cinegética sobre los cultivos agrícolas garantizando, al mismo tiempo, su protección y conservación.
Requisitos:
a) Que el coto tenga aprobado un Plan de Ordenación Cinegética adecuado a la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.b) Que el titular del aprovechamiento cinegético presente un funcionamiento correcto de acuerdo con la normativa vigente en materia de caza (Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra) y de protección de la fauna silvestre y sus hábitats (Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats).
c) No tener abierto un expediente sancionador en materia cinegética, ni haber estado sancionado por expediente administrativo en los últimos tres años.
d) Que el coto no tenga pendiente deuda alguna con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
26/04/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento