Ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S18400/16

Norma:

ORDEN de 1 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar para el ejercicio 2016 las ayudas M03.1 Ayuda a la participación por vez primera de agricultores en regímenes de calidad y M03.2 Ayuda a las actividades de información y promoción implementadas por agrupaciones de productores para el mercado interno, contempladas en el Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– El crédito presupuestario, destinado a la financiación de las ayudas a la participación de los agricultores en regímenes de calidad previstas en el Capítulo II, será de 191.489,36 euros, de los cuales 90.000 euros se financian con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y 101.489,36 euros con cargo al Fondo Comunitario Feader, al amparo del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2015-2020. Todos ellos corresponden a crédito de pago del ejercicio 2016.

2.– El crédito presupuestario, destinado a la financiación de las ayudas a actividades de información
y promoción de productos cubiertos por regímenes de calidad previstas en el Capítulo III, será de 446.808,51 euros, de los cuales 210.000 euros se financian con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y 236.808,51 euros con cargo al Fondo Comunitario Feader, al amparo del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2015-2020. Todos ellos corresponden a crédito de pago del ejercicio 2016.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

AYUDAS A LA PARTICIPACIÓN DE LOS AGRICULTORES EN RÉGIMENES DE CALIDAD: las personas agricultoras titulares de explotaciones registradas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que participen por vez primera en uno de los regímenes de calidad elegibles y/o incorporen por primera vez nuevas orientaciones productivas a dicho régimen de calidad de Producción Ecológica Certificada. No podrán ser beneficiarios, por tanto, los agricultores o grupos de agricultores ya inscritos o que hayan participado en los regímenes de calidad elegibles, salvo en el caso de Producción Ecológica Certificada. Estos productores se considerarán inscritos en el momento que se inicie el periodo de conversión.

AYUDAS A ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN DE PRODUCTOS CUBIERTOS POR REGÍMENES DE CALIDAD: los Consejos Reguladores, el Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi, las asociaciones de
productores de Euskadi y las asociaciones de industrias agrarias y alimentarias de Euskadi que participen en alguno de los regímenes de calidad subvencionables en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayuda a la participación de agricultores en regímenes de calidad por primera vez. La ayuda consistirá en una prima anual por explotación cuyo importe se determinará en función del nivel de los costes fijos ocasionados al solicitante por su participación en regímenes de calidad, desde el año de inscripción del beneficiario hasta un máximo de 5 años.

b) Ayuda a las actividades de información y promoción realizadas por agrupaciones de productores para el mercado comunitario en relación con productos cubiertos por un régimen de calidad.

La ayuda será en forma de subvención directa sobre un porcentaje de los costes subvencionables de las acciones de información y promoción elegibles.

Requisitos:

1.– Los establecimientos a los que estén ligados los gastos subvencionables deben estar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca.

2.– Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales, con la
Seguridad Social y de las obligaciones de pago por reintegro de subvenciones.

3.– No encontrarse sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

4.– En el caso de estar incursas en procedimiento de reintegro o sancionador en vía administrativa,
las ayudas estarán condicionadas a la resolución del mismo, siendo denegadas en caso de que las sanciones se vean confirmadas.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento