Ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales para la realizacion o participacion en actividades del deporte infantil.- Convocatoria temporada 2013/2014.

Código de ayuda:

S04864/13

Norma:

ORDEN 178/2013, de 1 de febrero. ORDEN 1181/2014, de 3 de abril. ORDEN 603/2015, de 12 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria por concurrencia competitiva, de las ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del Deporte Infantil.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación e Investigación (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.o En primer lugar asignará, del crédito total disponible para la convocatoria, el correspondiente a la organización de competiciones conforme a lo establecido en la Orden 2733/2013, de 29 de agosto, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se convocan y regulan las competiciones del Deporte Infantil, Serie Básica/Única, para la temporada 2013-2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 239 de fecha 8 de octubre de 2013).

a) Por asumir la cabecera de agrupación de municipios: 400 euros por cada municipio integrante.

b) Por asumir competiciones mancomunadas de deportes con participación minoritaria: 200 euros por cada municipio integrante.

c) Por la organización de fases zonales, por cada una de estas fases se abonará hasta:

— Baloncesto, fútbol, fútbol sala, voleibol: 1.000 euros.

— Atletismo (pista), bádminton, tenis, carreras de orientación: 1.200 euros.

— Judo, kárate, tenis de mesa, gimnasia artística y gimnasia rítmica: 1.800 euros.

— Ajedrez: 3.000 euros.

d) Por la organización de fases finales, por cada una de estas fases se abonará hasta:

— Baloncesto, fútbol, fútbol sala, voleibol, hockey, rugby y béisbol: 1.000 euros.

— Atletismo (pista), bádminton, tenis, carreras de orientación y waterpolo: 1.500 euros.

— Judo y kárate: 4.000 euros.

— Tenis de mesa, gimnasia artística y gimnasia rítmica: 1.800 euros.

— Ajedrez y triatlón: 3.000 euros.

— Atletismo (campo a través): 5.000 euros.

2.o En segundo lugar, asignará, del crédito disponible después de aplicar el punto anterior, el destinado a ayudar a aquellos municipios con población inferior a 20.000 habitantes, con el fin de ayudar a prestar esta actividad deportiva según lo dispuesto en el artícu lo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regulador de las Bases de Régimen Local. La distribución y cuantía se hará conforme a la siguiente lista:

— De 1 a 1.000 habitantes: 85 euros por deportista asegurado.

— De 1.001 a 2.000 habitantes: 65 euros por deportista asegurado.

— De 2.001 a 3.000 habitantes: 45 euros por deportista asegurado.

— De 3.001 a 5.000 habitantes: 25 euros por deportista asegurado.

— De 5.001 a 10.000 habitantes: 15 euros por deportista asegurado.

— De 10.001 a 20.000 habitantes: 5 euros por deportista asegurado.

3.o En tercer y último lugar, se distribuirá el crédito remanente después de aplicar los dos primeros conceptos, destinado a la participación deportiva, entre el número total de participantes asegurados en el programa de Deporte Infantil durante la temporada 2013-2014.

Así, se obtendrá una cantidad determinada a pagar por cada deportista asegurado.

En este apartado, y con el fin de promover la participación femenina en el deporte infantil, la cantidad resultante a pagar por deportista asegurado, se incrementará en 2 euros en el caso de la mujer.

4.o La baremación del apartado 1.o del presente artículo se elaborará, en el caso de los puntos a) y b), conforme a las actas correspondientes aportadas junto a la solicitud por los municipios participantes. En el caso de los puntos c) y d), conforme al certificado que aporte de oficio el Servicio de Deporte Escolar de la Dirección General de Juventud y Deportes.

Este certificado consistirá en una relación única de todos los municipios participantes en el Programa del deporte infantil y contendrá los conceptos por los que les podría corresponder esta ayuda.

5.o La suma de los importes obtenidos en los apartados 2.o y 3.o del presente artículo, no podrá exceder de 120.000 euros como cantidad máxima subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales (Patronatos, Consejos, Centros, Ciudades Deportivas, o cualesquiera otras entidades que tengan encomendadas las competencias en materia de deporte) que previamente hayan participado en el Programa de Deporte Infantil de la Comunidad de Madrid en la temporada correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización o participación en las actividades de deporte infantil.

El período a subvencionar abarcará desde el 1 de septiembre de 2013 hasta el 31 de agosto de 2014.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 48
Documento: Bases, Convocatoria Temporada 2011/2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/04/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 101
Documento: Convocatoria Temporada 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/03/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 73
Documento: Convocatoria Temporada 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento