Ayudas a los grupos políticos con representación parlamentaria en el Parlamento de Cataluña para subvencionar los gastos ocasionados por la explicación y divulgación de la reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña.

Código de ayuda:

S14973/06

Norma:

Decreto 172/2006, de 18 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establece una línea de ayudas extraordinarias destinadas a subvencionar los gastos ocasionados a los grupos políticos que hayan obtenido escaños en las últimas elecciones al Parlamento de Cataluña por la realización de actividades de información, explicación y divulgación de los contenidos de la reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas se determinará, para cada grupo político, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Una cuantía fija por grupo político de 55.000 euros.
b) 1,1374 euros por voto conseguido en las últimas elecciones al Parlamento de Cataluña.
c) 3.300 euros por escaño obtenido en las últimas elecciones al Parlamento de Cataluña.

En ningún caso la cuantía de la ayuda puede ser superior a los gastos efectivamente realizados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que hayan obtenido escaños en el Parlamento de Cataluña en las últimas elecciones autonómicas.
Los destinatarios de las ayudas serán los mismos partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que se presentaron en las mencionadas elecciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos directamente relacionados con el ejercicio por los beneficiarios de la explicación y divulgación del contenido del Estatuto, en concreto:
a) Confección del material divulgativo y explicativo bajo cualquier soporte, así como la publicidad que directa o indirectamente tengue este objeto.
b) Alquiler de los locales para la realización de los actos explicativos y objetivos.
c) Remuneraciones o gratificaciones al personal que, no teniendo carácter permanente, preste sus servicios en los actos que sean organizados.
d) Medios de transporte y desplazamientos, directamente dirigidos a la celebración de los actos que se subvencionan.
e) Correspondencia y franqueo de los documentos dirigidos a la explicación y divulgación del Estatuto.
f) Intereses de los créditos recibidos por los citados actos, meritados hasta la fecha de percepción de la correspondiente ayuda.
g) Cualquier otra actuación necesaria para la organización y el funcionamiento de los citados actos.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4637
Documento: Base de la Línea de Ayudas Descargar Documento