Ayudas a los espectáculos o conciertos profesionales de teatro, música y danza de Extremadura por la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad - Convocatoria 2009 - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S57119/05

Norma:

DECRETO 257/2005, de 7 de diciembre. DECRETO 193/2008, de 12 de septiembre. ORDEN de 29 de diciembre de 2008. ORDEN de 15 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia pública, correspondientes a los espectáculos o conciertos de las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura por la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad durante el año 2005 con el fin de fomentar y hacer competitivo el trabajo de los profesionales del teatro, música y danza extremeños.

El número máximo de funciones a subvencionar por agrupación será de veinte comprendiendo las que se realicen en el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre del 2005, excluidas las contratadas por cualquier Institución Pública Extremeña.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Cultura (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda que se concederá por función, según los criterios de valoración no superará en ningún caso el 30% del caché presentado (IVA excluido), ni la cuantía de 12.000,00 euros por beneficiario.

En cualquier caso, los ingresos que la Agrupación artística perciba por actuación, sea a cachet, taquilla u otras modalidades, más el porcentaje que aplique de la subvención a gira, no superarán el cachet presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza, constituidas conforme a la Legislación Mercantil aplicable, cuyo domicilio social radique registrado en el ámbito territorial de Extremadura, al menos con una antigüedad de dos años o que acrediten haber producido al menos dos espectáculos, en ambos casos, a la finalización del año 2005.

b) Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza que se hayan constituido en el año 2004 y cuyos componentes tengan una actividad profesional suficientemente acreditada en los tres años anteriores a la constitución de la formación, y que además cumplan con el requisito de territorialidad expresado en el punto anterior.

c) En caso de Uniones Temporales de Empresas los criterios anteriores serán de aplicación a las que individualmente las compongan.

Requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/12/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 142
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Boletín: 20/01/2010
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