Ayudas a los deportistas de les Illes Balears para facilitarles los desplazamientos a la Peninsula, Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S13337/12

Norma:

Palma, 12 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

Mínimo quince días antes de que se inicie la competición oficial de cada modalidad. Consultar excepción.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a los deportistas de las Illes Balears a poder participar en las ligas de ámbito estatal y en las competiciones puntuales nacionales del calendario oficial y obligatorio, siempre que éstas no sean de carácter profesional, mediante subvenciones para los desplazamientos a la Península, a las Islas Canarias, a Ceuta y a Melilla de los clubes y de los deportistas que estén adscritos, para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Turismo y Deportes (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe a subvencionar a cada persona beneficiaria es el 50 % del precio final de los billetes emitidos en las condiciones más económicas que se puedan encontrar en el mercado, tasas e impuestos incluidos, más los gastos inherentes a la gestión de éstos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Los clubes deportivos regulados en el título V, capítulo I de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears, y en el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, del 1 de octubre, e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears, que participen en competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos.

b) Los deportistas de las Illes Balears de las categorías juvenil, júnior, senior o absoluta, que participen en las ligas de ámbito autonómico o estatal, o en las competiciones puntuales del calendario oficial y obligatorio, siempre que éstas no tengan carácter profesional.

c) Las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.

d) Los deportistas y clubes deportivos de las Illes Balears inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears, federados en la federación española correspondiente, en el caso de que no exista federación deportiva de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La participación en las ligas de ámbito estatal y en las competiciones puntuales nacionales del calendario oficial y obligatorio.

Requisitos:

Para poder ser beneficiarios, es necesario que los deportistas dispongan de la correspondiente licencia federativa balear, (o de la española en el caso del apartado d) del punto 2.1), vigente de la categoría juvenil, júnior, senior o absoluta en el momento de hacer el desplazamiento y que sean residentes en las
Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 55
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 02/10/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento