Ayudas a los centros privados o de iniciativa social que deseen liberar a profesores/as para participar, durante el año 2018, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo.

Código de ayuda:

S32573/18

Norma:

ORDEN de 6 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas destinadas a los centros privados o de iniciativa social, cuyos profesores/as participen, durante el año 2018, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo, con el fin de subvencionar los gastos derivados de la sustitución de los/as mismos/as.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será proporcional al período de trabajo en caso de que se contratara a un/a profesor/a por un tiempo inferior a la jornada completa.

En caso de que el/la cursillista liberado/a tenga periodos de IT (incapacidad temporal), Irale no abonará al centro los gastos de sustitución de esa persona durante el periodo que permanezca en situación de IT (incapacidad temporal).

Irale no abonará la cantidad que corre a cuenta de la Seguridad Social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán tomar parte en la presente convocatoria los centros privados o de iniciativa social.

Requisitos:

a) Aceptar la subvención concedida. Si en el plazo de 15 días desde la fecha de recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la subvención las entidades beneficiarias no renuncian expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada.

b) Utilizar la subvención para el concreto destino para el que ha sido concedida.

c) El centro perceptor de la ayuda está obligado a facilitar a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones respecto a las subvenciones recibidas con cargo a esta Convocatoria.

d) Y con carácter general los del artículo 14 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento