Ayudas a los centros docentes concertados para la realización de obras para la correcta escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales.

Código de ayuda:

S17582/06

Norma:

ORDEN de 17 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para contribuir a la financiación de gastos de inversión en centros docentes concertados, destinados a la realización de obras.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas titulares de centros docentes privados radicados en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma del País Vasco y concertados en la fecha de presentación de la solicitud.

No podrán ser beneficiarios quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– La Promoción de la Accesibilidad, de conformidad con las prescripciones técnicas contenidas en el Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las «Normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación» (BOPV de 12 de junio de 2000).

2.– En concreto, en esta convocatoria se consideran subvencionables las obras de reforma que tengan por objeto adaptaciones funcionales de los centros educativos, servicios comunitarios o accesos a los mismos para personas con movilidad reducida o dificultades en la accesibilidad.

Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria, los centros cuyas obras se hayan iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2006 y que finalicen antes del 30 de agosto de 2007.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 107
Documento: Convocatoria 2006-07 y Solicitud Descargar Documento