Ayudas a los asistentes a los cursos de perfeccionamiento tecnico celebrados en los Centros Nacionales de Formacion del SERVEF de Paterna y Alicante.
Código de ayuda:
S61337/07Norma:
ORDEN de 31 de julio de 2007. Orden TAS/ 466/2002/ de 11 de febrero. Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo.Plazo de Solicitud:
El plazo para efectuar la solicitud de las ayudas será de un mes desde la incorporación al correspondiente curso.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional comprende el conjunto de acciones de formación profesional ocupacional dirigidas a los trabajadores desempleados, para proporcionarles cualificaciones requeridas por el sistema productivo e insertarles laboralmente, cuando los mismos carezcan de formación profesional específica o su cualificación resulte insuficiente o inadecuada.Se destinará una cuantía máxima de 43.000 euros (cuarenta y tres mil euros) con cargo a la línea T567000 del subprograma presupuestario 322.52 «Formación Profesional Ocupacional» de la Ley de Presupuestos
de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2007, para atender las solicitudes de ayudas efectuadas por los asistentes a los cursos realizados o previstos a realizar en el marco de los Planes de Trabajo 2007 para los Centros Nacionales de Formación Profesional Ocupacional de la Comunidad Valenciana, Centro Nacional de Formación del SERVEF de Paterna, y Centro Nacional de Formación del SERVEF de Alicante.
Categorías Subvención
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Tendrán preferencia para participar en las acciones del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional los siguientes colectivos:• a) Desempleados perceptores de prestación o subsidio por desempleo.
• b) Desempleados mayores de veinticinco años, en especial los que lleven inscritos más de un año como parados, aun cuando no se encuentren en la situación prevista en la letra a).
• c) Desempleados menores de veinticinco años que hubiesen perdido un empleo anterior de, al menos, seis meses de duración, aun cuando no se encuentren en el supuesto a).
• d) Desempleados con especiales dificultades para su inserción o reinserción laboral, en especial mujeres que quieran reintegrarse a la vida activa, minusválidos y migrantes.
Documentos asociados
Boletín:
04/05/1993
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº
Documento: Real Decreto 631/1993 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº
Documento: Real Decreto 631/1993 Descargar Documento
Boletín:
06/03/2002
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Orden TAS/466/2002 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Orden TAS/466/2002 Descargar Documento
Boletín:
05/09/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5592
Documento: Línea presupuestaria y Convocatoria Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5592
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