Ayudas a los armadores o propietarios de buques españoles afectados por el plan de recuperacion de la merluza del sur y la cigala.
Código de ayuda:
S37064/08Norma:
ORDEN ARM/1382/2008, de 13 de mayo. ORDEN PRE/2049/2008, de 9 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/08/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a armadores o propietarios de buques pesqueros españoles como consecuencia de la paralización temporal de los buques de arrastre de fondo afectados por el plan de recuperación de la merluza del sur y cigala.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual de la ayuda será de 45 euros por día de parada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los tripulantes españoles, los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y los extranjeros que cuenten con permisos de trabajo y residencia en vigor, embarcados en los buques pesqueros españoles de arrastre de fondo afectados por el plan de recuperación de la merluza del sur y cigala en 2007, cuyo contrato de trabajo se haya visto suspendido a causa de la paralización temporal.Quedan expresamente excluidos del derecho a percibir las ayudas reguladas en la presente orden los armadores enrolados a bordo de la embarcación asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
A efectos de la identificación de los buques afectados, el Instituto Social de la Marina comprobará que los buques donde se encontraban enrolados los trabajadores se corresponden con los buques incluidos en
la relación certificada al efecto por la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Requisitos:
1. Para la obtención de las ayudas los tripulantes deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Figurar enrolados a bordo de alguno de los buques pesqueros españoles de arrastre de fondo afectados por la paralización temporal, relacionados en los listados elaborados por la Secretaría General del Mar,
en la fecha de la última arribada a puerto para proceder a la paralización.
b) Estar incluidos en el expediente de regulación de empleo instruido al efecto de autorizar la suspensión de las relaciones laborales.
c) Encontrarse en la situación de alta en la Seguridad Social y mantener ininterrumpida la relación laboral con la empresa armadora de la embarcación en la que se encontraban enrolados en el momento de sobrevenir la inmovilización de la flota durante la parada.
d) Acreditar un periodo de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar de, al menos, seis meses a lo largo de su vida laboral.
e) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
2. También podrán percibir las ayudas los trabajadores que, manteniendo ininterrumpida su relación laboral con la empresa, no figuren enrolados en el momento de la paralización a consecuencia de
incapacidad temporal, permisos retribuidos, vacaciones, excedencia y/o expectativa de embarque, siempre y cuando cumplan los demás requisitos establecidos en el apartado anterior y quede acreditado el cese en esa situación a lo largo del periodo de tiempo de duración de la parada.
Documentos asociados
Boletín:
20/05/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 122
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín:
12/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento