Ayudas a los armadores o propietarios de buques con puerto base en Galicia que faenan en la costera de la anchoa por la paralización de su actividad.
Código de ayuda:
S65900/09Norma:
Orden de 9 de octubre de 2009.Plazo de Solicitud:
Presentación solicitudes, 1 mes a contar:a) Desde la publicación de esta orden. b) desde la finalización de las paradas.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas a armadores o propietarios de buques con puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia como consecuencia de la paralización temporal de la flota que pesca anchoa.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Mar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas se determinará en función del número de días que efectivamente pararanlos buques, que en ningún caso podrá ser superior al período máximo de 40 (cuarenta) días indicado en el
artículo 1º.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los armadores o propietarios de buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia que estén autorizados por la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, para la pesca al cerco en las zonas CIEM VII y VIII la, b, d (aguas comunitarias) y VIII c (aguas comunitarias no españolas), lo que verificará la Dirección General de Recursos Pesqueros, en el período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2009, ambos días incluidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Estas indemnizaciones se otorgarán por las paradas realizadas durante el período comprendido entreel 24 de abril y el 30 de octubre de 2009, ambos inclusive, período que podrá ser prorrogado a la vista
de la evolución de la pesquera, y ampliar, en consecuencia, el período de aplicación de las ayudas.
Requisitos:
a) Pertenecer a la tercera lista del Registro de Buques y Empresas Navieras, lo que se acreditará dela manera expresada en el artículo 9º.1 4º.
b) Estar inscrito en el Censo de la Flota Pesquera Operativa y en el Registro de Buques Pesqueros de la
Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Pertenecer a la modalidad de cerco en el caladero Cantábrico Noroeste.
d) Que cesen en su actividad durante el período comprendido entre el 24 de abril y el 30 de octubre
de 2009, ambos días incluidos.
e) Que desarrollaran actividad con arte al cerco en el año 2007 o en el año 2008.
f) Los solicitantes de la ayuda deben estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna deuda, por ningún concepto, con la Administración
pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
19/10/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento