Ayudas a los alumnos y alumnas que hayan superado los examenes de acreditacion de niveles de euskera de 2007 convocados por HABE.
Código de ayuda:
S60937/07Norma:
RESOLUCION de 30 de mayo de 2007.Plazo de Solicitud:
El plazo para la entrega de las solicitudes finalizará el día 10 de octubre de 2007.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución la regulación del régimen de concesión de ayudas a los alumnos y alumnas de euskaltegis públicos, privados homologados y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, en desarrollo de lo establecido en el artículo 17 del Decreto 179/2003, de 22 de julio, de regulación de la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a personas adultas, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:1.– Estar matriculadas en el curso académico correspondiente en un euskaltegi o en un centro homologado
de autoaprendizaje de euskera inscrito en el registro de HABE.
2.– Participar y superar el nivel correspondiente en las convocatorias de 2007 para acreditación de los niveles 1.º, 2.º y 4.º realizadas por el Director General de HABE, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 6 de agosto de 2003, de la Consejera de Cultura. O, en su lugar, superar el nivel EGA en la segunda convocatoria restringida de 2006 o en la primera convocatoria restringida de 2007.
Podrán solicitar asimismo, aquellos alumnos y alumnas que habiendo superado los niveles 1.º, 2.º o 4.º
de HABE en las convocatorias de 2006, no hubieran participado en la convocatoria de ayudas de 2006. O, en su lugar, habiendo superado el nivel EGA en la segunda convocatoria restringida de 2005 o en la primera convocatoria restringida de 2006, no hubiera participado en la convocatoria de ayudas de 2006.
El haber superado un nivel equivalente o inferior a alguno acreditado en años anteriores no dará derecho a
las ayudas de esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
03/09/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 169
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 169
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento