Ayudas a los alumnos y alumnas que hayan superado los exámenes de acreditación de niveles de euskera de 2005 convocados por HABE.

Código de ayuda:

S44637/05

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del régimen de concesión de ayudas a los alumnos y alumnas de euskaltegis públicos, privados homologados y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, en desarrollo de lo establecido en el artículo 17 del Decreto 179/2003, de 22 de julio, de regulación de la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a personas adultas, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos y alumnas de euskaltegis públicos, privados homologados y centros homologados de autoaprendizaje de euskera.

Requisitos:

1.– Estar matriculadas en el curso académico correspondiente en un euskaltegi o en un centro homologado de autoaprendizaje de euskera inscrito en el registro de HABE.
2.– Participar en la convocatoria de 2005 para acreditación de los niveles 1.º y 2.º realizada por el Director General de HABE y superar el nivel correspondiente, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 6 de agosto de 2003, de la Consejera de Cultura. O, en su lugar, superar el nivel EGA en la segunda convocatoria restringida de 2004 o en la primera convocatoria restringida de 2005.
3.– Para poder acceder a estas ayudas será requisito imprescindible que el nivel inicial del curso académico sea igual o inferior a aquél que se vaya a acreditar, conforme a la tabla del artículo 6.4. Esa circunstancia deberá venir reflejada en la aplicación informática que HABE dispone para la gestión de los euskaltegis y los centros homologados de autoaprendizaje de euskera.
4.– Quedan excluidos de esta convocatoria los alumnos y alumnas que, siendo trabajadores de la Administración Pública, se han escolarizado financiados por la misma.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 166
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento