Ayudas a los Forrajes Desecados.
Código de ayuda:
S20419/05Norma:
Orden de 12 de abril de 2005. ORDEN de 27 de mayo de 2009.Plazo de Solicitud:
45 días naturales siguientes a la finalización del mes en que hayan salido los forrajes de la empresa de transformación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de las ayudas a los forrajes desecados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) 1786/2003 del Consejo, el Reglamento (CE) 382/ 2005 de la Comisión y el Real Decreto 311/2005.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que, tras haber sido autorizadas por el Departamento competente en materia de agricultura, obtengan y salgan del recinto de su industria los forrajes en las condiciones indicadas en el art. 9 del Reglamento (CE) 1786/2003 del Consejo.Documentos asociados
Boletín:
29/04/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 52
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 52
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