Ayudas a los Apicultores.

Código de ayuda:

S26091/04

Norma:

Orden de 12 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan las ayudas de indemnización económica directa a los apicultores, establecidas en el Decreto 29/2004, de 20 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre medidas para limitar la polinización cruzada entre plantaciones de cítricos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La media de miel producida por colmena se utilizará como base para calcular el importe de la ayuda a conceder a cada apicultor:
. Cuando dicha media sea igual o superior a 10 kilogramos por colmena el importe se calculará multiplicando el número de colmenas inscritas en el mencionado registro a fecha 31 de enero por 28 euros.
. Cuando dicha media sea igual o mayor que 5 y menor que 10 el importe se calculará multiplicando el número de colmenas inscritas en el mencionado registro a fecha 31 de enero por 25 euros.
. Cuando dicha media sea igual o mayor que 1 y menor que 5 el importe se calculará multiplicando el número de colmenas inscritas en el mencionado registro a fecha 31 de enero por 19 euros.
. Cuando dicha media sea menor de 1 el importe se calculará multiplicando el número de colmenas inscritas en el mencionado registro a fecha 31 de enero por 14 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones apícolas inscritos en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Comunidad Valenciana con fecha 31 de enero de 2004.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se concederán por colmena inscrita en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Comunidad Valenciana a fecha de 31 de enero de 2004, siempre y cuando la cifra resultante no supere la de las colmenas inscritas a 31 de enero de 2001, tal y como señala el Decreto 29/2004, con el siguiente criterio:
- Colmenas de titulares de explotaciones apícolas que hayan acreditado la venta de miel de azahar o de núcleos durante los años 1997, 1998, 1999 y/o 2000, a razón de hasta 28 euros.
- Colmenas del resto de titulares de explotaciones apícolas a razón de hasta 14 euros.

Requisitos:

a) Que incluyan en su explotación un mínimo de 5 colmenas.
b) Que acrediten las condiciones exigidas en el artículo tercero.

Quedan excluidos de este régimen de ayuda aquellos apicultores que hayan mantenido o instalado colmenas a distancia inferior a cinco kilómetros de las plantaciones de cítricos, entre el 1 de abril y el 31 de mayo.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4888
Documento: Convocatoria Descargar Documento