Ayudas a las universidades publicas y privadas y entidades publicas para la realizacion de proyectos de apoyo cientifico y tecnologico al deporte, estudios e informes de interes deportivo y otras acciones de promocion y difusion de la investigacion deportiva para el año 2008.

Código de ayuda:

S08155/08

Norma:

RESOLUCION de 17 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de apoyo científico y tecnológico, estudios e informes, organización de
reuniones científicas, congresos, seminarios o eventos similares, de estudios de postgrado que impulsen la formación de especialistas y, finalmente, la dotación de becas para promover la formación del personal
investigador, todo ello en el ámbito de las Ciencias del Deporte.

El procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva, entendiendo como tal aquel procedimiento mediante el cual la concesión de subvenciones se realiza mediante comparación de las solicitudes presentadas en los términos del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria lo son para los proyectos programados desde el día 1 de enero de 2008 hasta el día 31 de octubre de 2008, plazo máximo previsto para su realización, sin perjuicio de que tal proyecto forme parte de otro cuya ejecución prevista sea de mayor duración. En cualquier caso, los proyectos subvencionados en la presente convocatoria deben haber concluido, como máximo, el día 31 de octubre de 2008.

Excepcionalmente, las solicitudes de los proyectos realizados en los meses de noviembre y diciembre de 2008 podrán ser objeto de subvención, tras un análisis de su interés y razonabilidad, conforme a las previsiones del artículo 34.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Las subvenciones se otorgarán a quienes obtengan mejor valoración de entre los que hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Consejo Superior de Deportes ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas la determinará la Comisión de Valoración, en cada caso, de acuerdo con lo establecido al respecto para cada apartado, en el anexo de la presente convocatoria, y en función del
impacto y de los criterios de valoración.

A proyectos ajustados a las prioridades establecidas en las bases I.2.1 para el apartado I y II.2 para el apartado II, se destinará hasta un 80% del importe total de la financiación asignada a cada uno de estos
apartados, siempre que la cantidad restante fuera necesaria para la financiación de proyectos no ajustados a las prioridades, pero considerados como financiables por la Comisión de Valoración.

La subvención concedida se destinará a cubrir gastos directamente relacionados con la realización del proyecto, ajustándose a las condiciones establecidas para cada apartado de la presente convocatoria.
Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado por esta convocatoria.

Quedarán excluidos aquellos proyectos que por su envergadura o por sus objetivos pudieran ser objeto de presentación en las convocatorias de los programas del Plan Nacional de I+D+I, u otras acciones de
otras Entidades.

A los proyectos subvencionados se les asignará un 10% adicional sobre la cuantía de la financiación total aprobada, en concepto de costes indirectos ocasionados por gastos de gestión, seguimiento y desarrollo
del proyecto, excepto en los casos en que este mismo gasto ya esté cubierto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Podrán solicitar ayudas a la presente convocatoria todas aquellas universidades públicas, las universidades privadas y las entidades públicas, con sede en España, que tengan finalidad investigadora legal o estatutaria, personalidad jurídica propia, capacidad suficiente de obrar y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

2. Podrán presentar proyectos, a través del representante legal de la universidad o entidad, como investigadores, directores o responsables de la ejecución científico-técnica, las personas físicas con capacidad investigadora integradas en la plantilla de las entidades mencionadas en el punto 1 anterior.

3. Las entidades solicitantes deberán contar con infraestructura, los medios y el equipamiento suficiente para el desarrollo del proyecto para el que soliciten la subvención, en las condiciones señaladas en cada
uno de los apartados de la presente convocatoria.

4. Las entidades beneficiarias asumirán las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en particular, las señaladas en la base 15.4 de la presente convocatoria.

5. No se puede participar, simultáneamente, en el grupo permanente de dos proyectos que pertenezcan al mismo apartado; ni en dos proyectos que pertenezcan respectivamente al apartado I y II; y en ningún
caso en más de dos proyectos. Asimismo, una vez presentada la solicitud no podrá cambiarse el apartado al que se presenta un proyecto, salvo que se acredite un error en la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las solicitudes de ayudas podrán presentarse para la realización de proyectos en el 2008, y cuyos contenidos temáticos se encuadren en una de las siguientes acciones:

a) Apartado I: Apoyo científico, desarrollo tecnológico y generación de conocimiento aplicados al alto rendimiento deportivo.
b) Apartado II: Estudios e informes sobre temas de interés deportivo prioritario.
c) Apartado III: Becas para tesis doctorales (III.1) o becas para participar en investigaciones sobre el deporte (III.2).
d) Apartado IV: Estudios de postgrado.
e) Apartado V: Actividades de difusión científica.

Los contenidos de los proyectos deberán ajustarse a las prioridades, objetivos, ámbitos de aplicación, condiciones y características de ejecución y financiación que se fijan, en el anexo de la presente convocatoria para cada apartado, quedando excluidas aquellas solicitudes que no cumplan dichos requisitos.

Documentos asociados

Boletín: 05/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 31
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento